3º JUZGADO DE LETRAS DE PUNTA ARENAS

BANCO DEL ESTADO E CHILE/ALMONACID

Rol

Fecha

9 de mayo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes,

Fundamentos

considerando que es facultad del acreedor el señalamiento de bienes para la traba del embargo de acuerdo con lo previsto en el inciso penúltimo del artículo 443 y en el artículo 447 del Código de Procedimiento Civil y que, una vez verificado éste, será la parte ejecutada quien habrá de efectuar las alegaciones que estime pertinentes a sus derechos y y lo dispuesto también en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, la resolución apelada de fecha veinte de marzo del año en curso, y en su lugar

Fallo

se resuelve que téngase presente, notifíquese. Devuélvanse. Rol N°143-2025. Civil.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, nueve de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, considerando que es facultad del acreedor el señalamiento de bienes para la traba del embargo de acuerdo con lo previsto en el inciso penúltimo del artículo 443 y en el artículo 447 del Código de Procedimiento Civil y que, una vez verificado éste, será la parte ejecutada quien habrá de efectuar las

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