ELZO WETZIG, CONRADO ALFREDO/DIRECCIÓN DE TRÁNSITO DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA SERENA Y OTRO
Rol
Fecha
9 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y considerando. Primero: Que Sebastián Vargas Sandoval, abogado, recurre de amparo en favor de Conrado Alfredo Elzo Wetzig, en contra del Director de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de La Serena, y el Jefe de Departamento Documentación Vial de la Dirección del Tránsito, por la negativa a entregar licencia de conducir renovada. Expone que el 14 de abril de 2025 su representado concurrió al Departamento de Transito de la Ilustre Municipalidad de la Serena, con el objeto de renovar su licencia de conducir y que, habiendo aprobado las pruebas correspondientes, fue citado para el 17 de abril de 2025, para retirar su licencia nueva, sin que le fuera entregada, en cuanto existiría una causa seguida ante el 3° Juzgado de Policía Local de Viña del Mar, rol 4643-2020, que impediría su entrega. Junto con dar cuenta de una renovación posterior a dicha causa judicial, de 2022, habiéndose declarado la prescripción de las multas, se contacta con el municipio de Las Condes, donde renovó anteriormente su licencia, y pide los documentos tenidos a la vista -que tuvieron por prescritas las multas- sin que, enviados el 2 de mayo, hayan sido revisados por los recurridos, quienes se negaron a la entrega de su licencia nueva y antigua. Hace presente que, habiendo concurrido presencialmente al Juzgado de Policía Local de Viña del Mar, le fueron ratificadas las resoluciones que declararon la prescripción de las multas, dando cuenta de no haber recibido su licencia de conducir. En razón de lo expuesto, alega una vulneración a su derecho a la libertad personal y seguridad individual, al no poder desplazarse libremente, junto con los perjuicios materiales propios de los trámites que ha realizado, más cuando la negativa que impugna infringe el principio de cosa juzgada, habiéndose declarado la prescripción de las multas el 26 de agosto de 2022, pide que, para restablecer el imperio del derecho, se le ordene la entrega inmediata de la licencia de conducir,
Fundamentos
considerando que no existen procesos judiciales pendiente de ningún tipo o, en subsidio, se le haga entrega de un duplicado de la licencia de conducir renovada o un permiso provisorio de desplazamiento en vehículo, mientras recupera la licencia de conducir enviada al Tercer Juzgado de Policía Local de Viña del Mar; y se ponga en conocimiento de los antecedentes al alcalde de la Ilustre Municipalidad de La Serena, con el objeto de que tome conocimiento del actuar irregular de los funcionarios y vea si existen antecedentes que ameriten un proceso sumario en contra de los mismos, con costas. Segundo: Que el informe del recurso fue evacuado por César Ramón Sanhueza Albornoz, Director de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de La Serena y Dalibor Antonio Rojo Flores, Jefe del Departamento de Documentación Vial de la Dirección de Tránsito y Transporte Público, quienes piden el rechazo de la acción. Exponen que el 14 de abril del año en curso se presentó en las dependencias de la Dirección de Tránsito el actor, para la renovación de licencia de conducir clase B, la cual había sido otorgada primitivamente en la Municipalidad de Las Condes, aprobando los exámenes correspondientes y emitiéndose su licencia de conducir con vencimiento al 25 de noviembre de 2031. Hacen presente que, revisados los antecedentes de la hoja de vida del conductor, para cumplir con la evaluación de la idoneidad moral, conforme previene la Ley 18.290, se encontró una anotación por resolución de 15 de junio de 2021 del Tercer Juzgado de Policía Local de Viña del Mar por multa impaga y suspensión pendiente, siendo derivada su licencia al juzgado respectivo de Viña del Mar, dando cuenta el actor de la prescripción ya referida. Afirman que se dio tiempo al amparado para presentar la documentación pertinente, lo que no ocurrió, sin que lograra acreditar que dicha causa judicial está cumplida, presentando sólo un correo electrónico de la Municipalidad de Las Condes, que da cuenta de haber entregado su licencia sin tener causas judiciales pendientes, pero no algún comprobante que pudiera dejar sin efecto la resolución del juzgado pertinente. Concluyen que, dando cumplimiento al mandato legal, se remitió la licencia al Juzgado correspondiente, mediante ordinario 125-l, de 29 de abril de 2025, suscrito por la jefatura del Departamento de Documentación Vial de la Dirección de Tránsito. Tercero: Que, conforme lo prescrito en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, el amparo corresponde a una acción constitucional destinada a proteger y garantizar el derecho a la libertad personal y seguridad individual, consagradas en el artículo 19 N° 7 de la misma Carta Fundamental. Cuarto: Que, en la especie, el atentado a la libertad que se denuncia en la esfera de libre desplazamiento, al negar los recurridos la entrega de licencia que le fuera renovada al actor, invocando anotación en su hoja de vida del conductor, alegando el amparado que cuenta con declaración d
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Conrado Alfredo Elzo Wetzig en contra de Director de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de La Serena y su Jefe de Departamento de Documentación Vial. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. Rol N° 232-2025 Amparo.-
Texto Completo (Preview)
Elzo Wetzig, Conrado Alfredo Dirección del Transito de la Ilustre Municipalidad de La Serena Recurso de Amparo Rol N° 232-2025.- La Serena, nueve de mayo de dos mil veinticinco. Visto y considerando. Primero: Que Sebastián Vargas Sandoval, abogado, recurre de amparo en favor de Conrado Alfredo Elzo Wetzig, en contra del Director de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de La Serena, y el Jefe de
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