13º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

INDEXA SPA/DIST. ENRIQUE MEZA ARRETO E.I.R.L.

Rol

Fecha

12 de mayo de 2025

Materia

ARRENDADOR,RESTITUCIÓN POR EXTINCIÓN DERECHO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil dispone que la prueba en el procedimiento sumario se rendirá en el plazo y forma establecida para los incidentes, de modo que es aplicable lo dispuesto en el artículo 90 del mismo cuerpo legal, conforme al cual las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba son inapelables, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la demandada con fecha veintidós de abril de dos mil veinticinco (folio N°102), en contra de la resolución de diecisiete del mismo mes y año (folio N°101). Comuníquese y devuélvase. N°Civil-7185-2025. kom

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la demandada con fecha veintidós de abril de dos mil veinticinco (folio N°102), en contra de la resolución de diecisiete del mismo mes y año (folio N°101). Comuníquese y devuélvase. N°Civil-7185-2025. kom

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de mayo de dos mil veinticinco. Al folio N°3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil dispone que la prueba en el procedimiento sumario se rendirá en el plazo y forma establecida para los incidentes, de modo que es aplicable lo dispuesto en el artículo 90 del mismo cuerpo legal, conforme al cua

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