15º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/HENDEMANE

Rol

Fecha

12 de mayo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente. 1.- Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha dieciocho de marzo de dos mil veinticinco, en contra de la resolución diez de marzo del mismo año. 2.- Que tratándose de una resolución que no sea la sentencia definitiva, el término para recurrir de apelación conforme la regla establecida en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, es de cinco días, contados desde la notificación de la resolución recurrida. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo estatuido en los artículos 188, 189, 201 y 205, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la demandante, con fecha dieciocho de marzo de dos mil veinticinco, en contra de la resolución de diez de marzo del mismo año. Comuníquese. N°Civil-4937-2025.

Fallo

se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la demandante, con fecha dieciocho de marzo de dos mil veinticinco, en contra de la resolución de diez de marzo del mismo año. Comuníquese. N°Civil-4937-2025.

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mbaa C.A. de Santiago Santiago, doce de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente. 1.- Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha dieciocho de marzo de dos mil veinticinco, en contra de la resolución diez de marzo del mismo año. 2.- Que tratándose de una resolución que no sea la sentencia definitiva, el término para recurrir de apelación con

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