GALASSI/: ISAPRE CRUZ BLANCA S.A
Rol
Fecha
8 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que aparece que se recurre en contra de Isapre Cruz Blanca por su negativa a dar cobertura a prestaciones de salud mental a la recurrente, doña FRANCISCA BELEN GALASSI GARRIDO, acompañando certificado de afiliación de la misma, el que señala que el domicilio de la ésta se encuentra en CARLOS ANTUNEZ 1866, PROVIDENCIA, SANTIAGO, REGION METROPOLITANA, aunado al hecho que la Isapre recurrida, también tiene su domicilio en la ciudad de Santiago; y lo dispuesto en el numeral 1° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, esta Corte se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente acción de protección, debiendo remitirse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago para su conocimiento y resolución. A los otrosíes, estese a lo resuelto precedentemente. Remítase por la vía más expedita. Rol N° 1214-2025 Protección. /aia
Fallo
se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente acción de protección, debiendo remitirse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago para su conocimiento y resolución. A los otrosíes, estese a lo resuelto precedentemente. Remítase por la vía más expedita. Rol N° 1214-2025 Protección. /aia
Texto Completo (Preview)
Iquique, ocho de mayo de dos mil veinticinco. A lo principal, VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que aparece que se recurre en contra de Isapre Cruz Blanca por su negativa a dar cobertura a prestaciones de salud mental a la recurrente, doña FRANCISCA BELEN GALASSI GARRIDO, acompañando certificado de afiliación de la misma, el que señala que el domicilio de la ésta se encuentra
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