ALEJANDRO MAURICIO CANIUMIL ROJAS/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
8 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1) Comparece doña Haslie María Paz Bustamante Vargas, abogada, y deduce acción constitucional de amparo en favor del condenado privado de libertad don Alejandro Mauricio Caniumil Rojas (45 años), quien cumple condena en el Centro de Penitenciario de Valdivia, contra la Comisión de Libertad Condicional, que por resolución de 10 de abril de 2025 en causa Rol 189-2025 (Com. Lib. Con)., rechazó por unanimidad la concesión del beneficio de la libertad condicional de su representado, lesionando su derecho a la libertad personal garantizado en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, y solicita que se deje sin efecto dicha resolución, otorgándole en definitiva dicho beneficio. Refiere que su representado se encuentra cumpliendo una condena de 10 años por delito de tráfico (sic) -10 años y 1 día por tráfico ilícito de drogas-, cumplimiento que inició el 1 de mayo de 2016 y termina el 2 de mayo de 2026, habiendo cumplido el tiempo mínimo para postular el 2 de enero de 2023, y el amparado cumple con los requisitos para optar al beneficio de libertad condicional, por cuanto su conducta ha sido calificada de muy buena durante los últimos 6 bimestres. Sostiene que la comisión no consideró los reales avances del proceso de reinserción de su representado. En el ámbito laboral y educacional completó su enseñanza media intramuros, y ha desarrollado labores de aseo, artesanía en madera y costura, recibiendo incentivos monetarios por ello. En cuanto a su red de apoyo, está constituida por su madre de 74 años quien se desempeña como artesanía en mimbre, y su pareja y madre de sus 2 hijos, Carolina del Carmen Álvarez, que lo han apoyado tanto emocionalmente como económicamente durante su periodo de reclusión, todas personas prosociales y trabajadoras alejadas del ambiente delictual. Que presenta mediano compromiso delictual, y atendido que la mayor parte de su condena estuvo interno en CDP Santiago Sur, donde era escasa la oferta programática, por lo que no ha sido intervenido mayormente, pero ha intentado de forma exclusiva a mantener la asociación pares positivos y el interés en las actividades culturales sociales y deportivas como días del niño, pascuas, día de la madre, día del padre, además de mejora de espacios comunes, embellecimiento de espacios sobre todo destacando en jardinería que es una labor que le ha presentado mucho interés intramuros y que pretende extrapolar al medio libre. Agrega que cuenta con una promesa laboral como trabajador agrícola de parte de don Pedro Silverio Colicoy Colicoy, cédula de identidad Nº10.855.422-3, con domicilio comercial en Calle Pedro Lagos, número 660, comuna de Perquenco. Solicita se acoja su acción y se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional, decretando que se le concede la libertad inmediata. 2) Para una adecuada resolución jurídica de la controversia, es necesario tener en cuenta que el artículo 1 del Decreto Ley N°321, del Ministerio de Justi
Fallo
Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se resuelve que: Se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Alejandro Mauricio Caniumil Rojas en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-158-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, ocho de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: 1) Comparece doña Haslie María Paz Bustamante Vargas, abogada, y deduce acción constitucional de amparo en favor del condenado privado de libertad don Alejandro Mauricio Caniumil Rojas (45 años), quien cumple condena en el Centro de Penitenciario de Valdivia, contra la Comisión de Libertad Condicional, que por
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