LEANDRE BEAUDLEY / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
8 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Beaudley Leandre, de nacionalidad haitiana, por sí mismo, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, por haber dictado la Resolución Exenta N°23316670 que rechaza su solicitud de regularización y dispone su abandono del territorio nacional, actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que afecta su libertad ambulatoria, vulnerando con ello el derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°7 letra a) de la Constitución Política de la República, que garantiza a todas las personas el derecho a residir y permanecer en cualquier lugar de la República, por lo que solicita se analice su situación particular, se deje sin efecto la resolución que dispone su abandono y se le conceda la posibilidad de obtener una residencia temporaria. Expone que ingresó a Chile el 26 de diciembre de 2017, motivado por la crisis política, social y económica que afectaba a su país de origen, lo que le llevó a emigrar en búsqueda de mejores condiciones y calidad de vida. Actualmente reside en Melipilla, Región Metropolitana, donde vive con su pareja y trabaja en el campo prestando servicios en faenas agrícolas. Señala que con el tiempo comenzó a recaudar la documentación necesaria para solicitar la regularización de su situación migratoria, pero enfrentó dificultades para obtener el certificado de antecedentes penales de su país de origen, requisito exigido por la autoridad chilena. Ante esta situación, acudió a la embajada de Haití para solicitar un documento que acreditara que dicho certificado se encontraba en trámite y presentó una carta explicativa detallando las circunstancias que le impedían cumplir con este requisito. No obstante lo anterior, el Servicio Nacional de Migraciones emitió la Resolución Exenta N°23316670, mediante la cual rechazó su solicitud de regularización y dispuso su abandono del territorio nacional, por no presentar certificado de a
Fundamentos
considerando además que tras varios años de residencia, el país se ha convertido en su hogar. Agrega que la resolución que dispone su abandono le impide regularizar su situación migratoria y limita su libertad ambulatoria, pues en caso de ser sometido a un control de identidad, podría ser detenido por su condición de irregular y por tener vigente una orden de abandono. En cuanto a los fundamentos de derecho, invoca la procedencia de la acción constitucional de amparo y el artículo 19 N°7 letra a) de la Constitución, que garantiza a toda persona "el derecho de residir y permanecer en cualquier lugar de la República, trasladarse de uno a otro y entrar y salir de su territorio, a condición de que se guarden las normas establecidas en la ley y salvo siempre el perjuicio de terceros". En cuanto a la ilegalidad de la actuación de la recurrida, sostiene que la disposición de abandono resulta desproporcionada considerando su condición de buen residente y que, si bien no ha sido expulsado aún del país, la medida vigente le impide regularizar su situación y desplazarse tranquilo por el territorio nacional.
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se analice su situación particular considerando la imposibilidad de retornar a Haití debido a la crisis humanitaria en dicho país; se deje sin efecto la resolución que dispone su abandono; y se ordene al Servicio Nacional de Migraciones concederle la posibilidad de obtener una residencia temporaria que le permita regularizar su situación migratoria y subsanar los requisitos necesarios para mantener su estadía legal en Chile. SEGUNDO: Que informando lo ordenado, comparece don Antonio Emilio Beltrán Henríquez, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso de amparo en todas sus partes, por estimar que no existe ni ha existido acto u omisión alguna que vulnere las garantías constitucionales de libertad personal y/o seguridad individual del recurrente. En cuanto a los antecedentes de hecho, expone el historial migratorio del recurrente señalando que ingresó a territorio nacional el 26 de diciembre de 2017 por el aeropuerto Arturo Merino Benítez, en calidad de turista. Posteriormente, con fecha 31 de diciembre de 2018, la Policía de Investigaciones remitió el Informe Policial N° 8220 que registraba una denuncia grave por contrato falso en contra del amparado. Agrega que el 15 de junio de 2018, el extranjero solicitó visa temporaria por motivos laborales por primera vez, procedimiento que concluyó con la Resolución Exenta N° 170565 de fecha 25 de septiembre de 2020, q
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C.A. de Santiago Santiago, ocho de mayo de dos mil veinticinco VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Beaudley Leandre, de nacionalidad haitiana, por sí mismo, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, por haber dictado la Resolución Exenta N°23316670 que rechaza su solicitud de regularización y dispone su a
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