SIN INFORMACION

MEDINA SOTO JOSÉ LUIS/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN - POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE LEBU

Rol

Fecha

8 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1) Que, el presente recurso de amparo se interpone en favor de José Luis Medina Soto, en contra del Servicio de Registro Civil e identificación, la Policía de Investigaciones y el Juzgado de Letras y Garantía de Lebu, denunciando como acto ilegal del Servicio de Registro Civil e Identificación, oficina de la comuna de La Granja, la negativa de entrega de pasaporte, fundado en la existencia de una anotación prontuarial respecto del amparado. 2) Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República dispone que tal recurso debe ser conocido “por la magistratura que señale la ley”, mandato que cumple el artículo 63 del Código Orgánico de Tribunales, señalando que corresponde a las Cortes de Apelaciones conocer en primera instancia de los recursos de amparo. Luego,

Fundamentos

considerando que los hechos ocurrieron dentro de la competencia territorial de la Corte de Apelaciones de San Miguel, y considerando lo establecido en el artículo 55, letra h) de la misma Ley Orgánica Constitucional, resulta que este asunto ha sido atribuido por la ley a la jurisdicción del referido Tribunal de Alzada.

Fallo

Por estas consideraciones, y conforme a las disposiciones citadas, se declara incompetente a esta Corte de Apelaciones para conocer del presente arbitrio, debiendo remitirse los antecedentes, por la vía más rápida, vía interconexión, a la Corte de Apelaciones de San Miguel, por estimarse que le corresponde el conocimiento y resolución de este asunto. Archívese. N°Amparo-1739-2025. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Guillermo de la Barra Dünner, e integrada por el Ministro (S) señor Fernando Valderrama Martínez y por el Abogado Integrante señor Luis Hernández Olmedo.

Texto Completo (Preview)

mbaa C.A. de Santiago Santiago, ocho de mayo de dos mil veinticinco. Al folio N°1: a todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1) Que, el presente recurso de amparo se interpone en favor de José Luis Medina Soto, en contra del Servicio de Registro Civil e identificación, la Policía de Investigaciones y el Juzgado de Letras y Garantía de Lebu, denunciando como acto ilegal de

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