AGUACIA RINCON MONICA - SOC. IMP Y COMERCIAL ENRA SPA
Rol
Fecha
8 de mayo de 2025
Materia
SIN MATERIA
Resultado
CONFIRMA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada a excepción del
Fundamentos
considerando décimo tercero que se elimina. Y teniendo en su lugar y, además, presente: Primero: Que la actora civil ha deducido demanda por daño emergente por la suma de $276.386, cantidad que se encuentra acreditada con los documentos de fojas 6, 84 y 86 no objetados, y si bien dan cuenta de un desembolso mayor por parte de la referida litigante, se limitará a ella lo otorgado. Segundo: Que atendida la entidad de la infracción la multa será rebajada al monto que se señalará en lo resolutivo del fallo.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia apelada de catorce de septiembre de dos mil veintidós, dictada por el 3° Juzgado de Policía Local de La Florida, con declaración que se reduce la multa impuesta a una Unidad Tributaria Mensual. Regístrese y devuélvase. N° 2820-2022 Policía Local.
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado don Pablo Gómez por el recurso. Santiago, 8 de mayo de 2025. Florencia Sáez Bugmann, relatora. Santiago, ocho de mayo de dos mil veinticinco. Al escrito folio N° 7 y 8: Téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada a excepción del considerando décimo tercero que se elimina. Y teniendo en su lugar y, además, presente: Primero:
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