IMPERIAL S.A./GIL LJUBETIC RODRIGO - (LTE) - VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
8 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que deducido por Imperial S.A. dedujo recurso de queja en contra el juez árbitro Rodrigo Gil Ljubetic, por la falta o abuso en que este habría incurrido en la dictación de la sentencia de fecha 30 de junio de 2023, el juicio arbitral caratulado "IMPERIAL S.A. con INMOBILIARIA CENTROS COMERCIALES I SPA.", seguido ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago bajo el Rol CAM 4267-2020. Expone que el 18 de enero de 2012, Imperial S.A. suscribió un contrato de arrendamiento con Inmobiliaria e Inversiones Nuevo Mundo S.A. sobre un local comercial ubicado en la comuna de San Bernardo. Posteriormente, la posición contractual del arrendador fue cedida a Inmobiliaria Centros Comerciales I SPA. Luego el 19 de octubre de 2019, en el contexto del denominado "estallido social", el local arrendado fue objeto de violentos saqueos que impidieron a Imperial continuar con su operación comercial. Los ataques y destrucción del inmueble continuaron en los meses siguientes. Ante esta situación, mediante carta de 29 de mayo de 2020, Imperial informó a Centros Comerciales su decisión de dar término al contrato de arrendamiento. Frente a ello, se inició un arbitraje en el cual Imperial solicitó que se constatara la terminación del contrato y
Fallo
se declarara que no adeudaba rentas por un inmueble que no pudo utilizar. Por su parte, Centros Comerciales demandó reconvencionalmente solicitando que se declarara terminado el contrato por no pago de rentas y se condenara a Imperial al pago de una multa e indemnización de perjuicios. La sentencia arbitral rechazó la demanda de Imperial y acogió parcialmente la demanda reconvencional de Centros Comerciales, condenando a Imperial al pago de diversas sumas de dinero. Resumidamente en cuanto a las faltas o abusos expone: 1. Primera falta o abuso grave: Infracción a los artículos 1545, 1560 y siguientes del Código Civil. Alega que el árbitro dio una indebida aplicación al contrato, en contra de su tenor literal, alterando sus disposiciones y derogando parte integrante del mismo en directo perjuicio de Imperial. Sostiene que el contrato regulaba expresamente sus causales de terminación, contemplando tanto las causales legales propias del arrendamiento como hipótesis especiales pactadas por las partes. Sin embargo, el árbitro interpretó erróneamente la cláusula 10 del contrato, concluyendo que las partes habrían regulado especialmente la causal de terminación por destrucción de la cosa o imposibilidad de uso, excluyendo la aplicación de los artículos 1932 y 1950 N°1 del Código Civil. Argumenta que esta interpretación contraviene el tenor literal del contrato, que expresamente establecía que las causales especiales eran "sin perjuicio de las demás causas legales de terminación"
Texto Completo (Preview)
Santiago, ocho de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que deducido por Imperial S.A. dedujo recurso de queja en contra el juez árbitro Rodrigo Gil Ljubetic, por la falta o abuso en que este habría incurrido en la dictación de la sentencia de fecha 30 de junio de 2023, el juicio arbitral caratulado "IMPERIAL S.A. con INMOBILIARIA CENTROS COMERCIALES I SPA.", seguido ante e
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