BARREAU/RECREO URBANO S.A.
Rol
Fecha
8 de mayo de 2025
Materia
DESPIDO INJUSTIFICADO
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: Atendido el motivo para acoger parcialmente el recurso de nulidad de la parte demandante, se mantiene la sentencia anulada en todo lo no afectado, de modo tal que se prescinde solamente de los párrafos segundo y tercero del fundamento décimo y los
Fundamentos
considerandos undécimo y décimo tercero, que en su totalidad también se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: 1°) Los considerandos sexto a décimo sexto de la sentencia de nulidad, que se dan por expresamente reproducidos; y, 2°) Que, dado que el sueldo base de $654.475 da un valor hora ordinaria de $2.287, entonces por aplicación matemática del artículo 32 del Código del Trabajo, le corresponde el recargo del 50%, es decir, un valor por hora extraordinaria de $3.430, lo que aplicado a las 86 que se le han reconocido da un valor a ser pagado de $294.980. 3°) Que la parte demandada, en subsidio a su alegación de inexistencia de horas extraordinarias, opuso la excepción de pago, atendido que entregó al trabajador ciertas sumas que indica a título de “bono por apoyo especial” respecto de lo cual se indicó que más bien se referían a horas extraordinarias disfrazadas. 4°) Que, sin embargo, dicha excepción será desechada no solo porque no queda demostrada la imputación precisa que se hace conforme exige el artículo 1596 del Código Civil, sino también porque el artículo 54 bis del Código del Trabajo exige que ellas sean convenidas en el contrato de trabajo, lo cual no aconteció. 5°) Que por no haber sido totalmente vencida la parte demandada, no se le impondrán las costas de la causa.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 10, 11, 40 bis d), 41, 42, 162, 163, 168, 172, 173, 420 y siguientes, 446 a 462, se resuelve: I.- Que se acoge la excepción de prescripción de las horas extraordinarias de los meses de marzo, abril y mayo de 2023. II.- Que se rechaza la excepción de pago respecto de las horas extraordinarias de los meses de junio y julio de 2023. III.- Que se acoge demanda interpuesta en favor de Paul Michael Barreau Parra contra Recreo Urbano S.A., en cuanto se declara que dicha demandante fue objeto de un despido injustificado, por lo que se condena a dicha demandada a pagar lo siguiente: 1. $392.265 por recargo legal del 30% sobre indemnización, conforme lo prescrito en el artículo 168 letra a) del Código del Trabajo. 2. $294.980 por horas extraordinarias adeudadas de los meses de junio y julio de 2023. 3. $132.785, por concepto de restitución del dinero descontado por concepto de aporte del empleador a la cuenta individual del seguro de cesantía. IV.- Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo más reajustes e intereses, conforme lo establecido en el artículo 173 del Código del Trabajo. V.- Que cada parte pagará sus costas. Acordada con el voto en contra del ministro Astudillo aquella parte que otorga la devolución de aporte por fondo de cesantía conforme a lo expresado en el voto disidente de la sentencia de nulidad. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en c
Texto Completo (Preview)
Santiago, ocho de mayo de dos mil veinticinco. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 478, inciso segundo, del Código del Trabajo se dicta la siguiente sentencia de reemplazo: Vistos: Atendido el motivo para acoger parcialmente el recurso de nulidad de la parte demandante, se mantiene la sentencia anulada en todo lo no afectado, de modo tal que se prescinde solamente de los párrafos segun
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