JUZGADO DE GARANTIA DE SAN ANTONIO

M.P. C/ LAURA ANDREA RIQUELME SALGADO

Rol

Fecha

8 de mayo de 2025

Materia

CULTIVO/COSECHA ESPECIES VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF. ART. 8

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, teniendo presente la entidad de los hechos materia de la investigación y que no se vislumbra peligro de fuga, se considera que otras medidas cautelares previstas en el artículo 155 del Código Procesal Penal son suficientes para asegurar los fines del procedimiento, se revoca la resolución apelada de tres de mayo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de San Antonio, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Laura Andrea Riquelme Salgado y, en su lugar, se declara que se la deja sin efecto, debiendo el Juzgado de Garantía de San Antonio citar a audiencia para debatir acerca de otras medida cautelares. Se previene que la Ministra Sra. María Cruz Fierro Reyes concurrió a la revocación y estuvo por sustituir la medida cautelar de prisión preventiva por la del artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, en carácter de total, solicitado por la defensa. Dese orden de libertad en favor de Laura Andrea Riquelme Salgado, si no estuviere privada de ella, por otra causa o motivo. Notifíquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-1229-2025.

Fallo

se declara que se la deja sin efecto, debiendo el Juzgado de Garantía de San Antonio citar a audiencia para debatir acerca de otras medida cautelares. Se previene que la Ministra Sra. María Cruz Fierro Reyes concurrió a la revocación y estuvo por sustituir la medida cautelar de prisión preventiva por la del artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, en carácter de total, solicitado por la defensa. Dese orden de libertad en favor de Laura Andrea Riquelme Salgado, si no estuviere privada de ella, por otra causa o motivo. Notifíquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-1229-2025.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a ocho de mayo de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 09:26 horas, ante la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra señora María del Rosario Lavín Valdés e integrada por la Ministra señora María Cruz Fierro Reyes y el Abogado Integrante señor Felipe Caballero Brun, pa

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