CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES/CASTAGNINO
Rol
Fecha
8 de mayo de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Teniendo presente que lo decidido por el tribunal excede el ámbito de las facultades que confiere el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada a folio N°6 por el Primer Juzgado de Letras de Quilpué y, en su lugar, se declara que el tribunal a quo deberá dar curso a la demanda ejecutiva como en derecho corresponda. Devuélvase. N°Civil-1151-2025.
Fallo
se declara que el tribunal a quo deberá dar curso a la demanda ejecutiva como en derecho corresponda. Devuélvase. N°Civil-1151-2025.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso. Cgv Valparaíso, a ocho de mayo de dos mil veinticinco. Visto: Teniendo presente que lo decidido por el tribunal excede el ámbito de las facultades que confiere el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintiséis de noviembr
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