SIN INFORMACION

SANHUEZA RIVERA SEBASTIAN GERALDO / DIRECCIÓN REGIONAL DE GENDARMERÍA DE CHILE DE LA REGION DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

8 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece don Sebastián Geraldo Sanhueza Rivera, cédula de identidad N° 17.478.417-5, quien interpone acción constitucional de amparo en su favor, en contra de personal de Gendarmería de Chile, fundado en la imposición de sanciones disciplinarias dentro del Complejo Penitenciario de Valparaíso, las que estima ilegales y arbitrarias. Expone que cumple condena por el delito de robo con violencia, en virtud de sentencia dictada en causa RIT 369-2011, RUC 0900823728-7, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, encontrándose privado de libertad desde el 3 de octubre de 2024. Relata que, con fecha 27 de diciembre de 2024, fue objeto de un procedimiento de allanamiento en su celda, ocasión en la que se incautaron diversos elementos prohibidos, específicamente teléfonos celulares. Sostiene que Gendarmería le atribuyó la pertenencia de uno de los teléfonos celulares encontrados, sin que exista prueba concreta de aquello, ya que dicho aparato fue hallado en una celda compartida por varios internos, producto de la sobrepoblación penal. Agrega que no ha tenido acceso al documento en el que Gendarmería fundaría la atribución de responsabilidad, y que no le fue notificado de forma adecuada ni se le dio oportunidad efectiva de defensa frente a los cargos internos. A consecuencia de ello, fue sancionado con la pérdida de visitas conyugales por 15 días y su calificación conductual fue rebajada a “pésima”. Manifiesta que, si bien conoce que le resta tiempo por cumplir su condena, su comportamiento penitenciario ha sido siempre ejemplar, no registra hechos de violencia ni nuevas infracciones, y que esta sanción injusta le ha afectado emocional y psicológicamente. Solicita se acoja el presente recurso de amparo, se dejen sin efecto las sanciones impuestas por Gendarmería, y se restablezca su calificación conductual. A folio 10, evacúa informe el Director Regional de Gendarmería de Chile, Región de Valparaíso, quien señala que, conforme a lo inform

Fundamentos

considerando: Primero: Que el recurso de amparo, regulado en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, tiene por objeto proteger la libertad personal y la seguridad individual frente a actos u omisiones ilegales o arbitrarios que las priven, perturben o amenacen, exigiendo como requisito esencial que dichos actos emanen de una autoridad que actúe fuera de sus competencias o al margen de la legalidad. Segundo: Que, en la especie, el amparado impugna las medidas disciplinarias impuestas por la recurrida de suspensión de visitas por 15 días, incluida las conyugales y la consecuente rebaja de su calificación conductual, con ocasión del hallazgo de elementos prohibidos en la celda que ocupaba el recurrente, el día 27 de diciembre de 2024. Alega que las medidas serían ilegales y arbitrarias por falta de prueba concreta y por no haber contado con instancias efectivas de defensa. Tercero: Que, según consta en el expediente y el informe de Gendarmería, la sanción de suspensión de visitas fue dispuesta con autorización expresa del Juzgado de Garantía de Valparaíso, mediante resolución dictada el 14 de enero de 2025, dictada conforme a lo dispuesto en el artículo 87 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios. Dicha resolución se adoptó previa revisión de los antecedentes administrativos que sustentaban la medida, dentro de un procedimiento que fue sometido a control judicial. Cuarto: Que, entre los antecedentes considerados se incluyó el acta de entrevista de fecha 27 de diciembre de 2024, en la que participaron los internos involucrados. El informe señala que, en esa instancia, se dio oportunidad al amparado para entregar su versión, pero decidió no prestar declaración, circunstancia que contradice su alegación de haber sido privado del derecho a defensa. Quinto: Que, en cuanto a la rebaja de calificación conductual, ella se enmarca dentro del régimen de evaluación interna que la administración penitenciaria aplica conforme al Reglamento de Establecimientos Penitenciarios y, tratándose en la especie de una consecuencia de la falta sancionada por la autoridad, medida que fue autorizada por el tribunal competente, en un caso en que la ley y la potestad reglamentaria permite, no se verifica algún acto ilegal que afecte la libertad personal o seguridad individual del amparado, por lo que se procederá al rechazo de la acción intentada.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del recurso de amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por don Sebastián Geraldo Sanhueza Rivera. Regístrese, notifíquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. N°Amparo-1220-2025.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, comparece don Sebastián Geraldo Sanhueza Rivera, cédula de identidad N° 17.478.417-5, quien interpone acción constitucional de amparo en su favor, en contra de personal de Gendarmería de Chile, fundado en la imposición de sanciones disciplinarias dentro del Complejo Penitenciario de Valparaíso, las que esti

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