3º JUZGADO DE LETRAS DE OVALLE

BUGUEÑO BUGUEÑO ROCÍO/ CARREÑO CARREÑO JUAN

Rol

Fecha

17 de junio de 2025

Materia

MONITORIO-PRECARIO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos:

Fundamentos

Considerando que la resolución apelada, en tanto rechaza un incidente de nulidad por falta de emplazamiento, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 18-J y 18-K de la Ley N°18.101, se desprende que solo será apelable la resolución que se pronuncie respecto de la oposición del deudor, en este tipo de procedimiento y, visto, además, lo prescrito en los artículos 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido por la parte demandada en contra de la resolución de cinco de marzo de dos mil veinticinco, por improcedente. Devuélvase vía interconexión. Rol N°541-2025 Civil.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Considerando que la resolución apelada, en tanto rechaza un incidente de nulidad por falta de emplazamiento, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 18-J y 18-K de la Ley N°18.101, se desprende que solo será apelable la resolución que se pronuncie respecto de la oposición del deudor, en este tipo de procedimiento y, visto, adem

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