23º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

MARUBENI AUTO FINANCE LIMITADA/URZÚA

Rol

Fecha

9 de junio de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el veintisiete de marzo de dos mil veinticinco (folio N° 6), en contra de la resolución de veinticinco del mismo mes y año (folio N° 5 – cuaderno de incidente nulidad de lo obrado). Devuélvase. N°Civil-6182-2025.jzc

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el veintisiete de marzo de dos mil veinticinco (folio N° 6), en contra de la resolución de veinticinco del mismo mes y año (folio N° 5 – cuaderno de incidente nulidad de lo obrado). Devuélvase. N°Civil-6182-2025.jzc

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de junio de dos mil veinticinco. Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del ar

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