8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MARION CARMEN VON HUMMEL KUNCKELL C/ LUZ MARIA DEL PILAR ROCHA ARAVENA

Rol

Fecha

7 de mayo de 2025

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS ART. 197 Y 198.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los

Fundamentos

fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que esta Corte comparte.

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiocho de marzo de dos mil veinticinco, dictada en los autos RIT 4029-2023, seguidos ante el 8° Juzgado de Garantía de Santiago. Devuélvase la competencia. N°Penal-1813-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de mayo de dos mil veinticinco. A los escritos folios 6 y 7: a todo, téngase presente. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración

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