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Rol
Fecha
7 de mayo de 2025
Materia
OTROS EJECUTIVOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Teniendo únicamente presente que de los artículos 89 a 91 del Código de Procedimiento Civil, se desprende que el tribunal cuenta con plazos acotados para la resolución de los incidentes, a lo que se suma que acorde al artículo 64 del mismo código, los plazos son de carácter fatal, SE REVOCA, sin costas, la resolución apelada de catorce de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en causa Rol C-2033-2022, del ingreso de dicho tribunal, mediante la cual no se accedió a resolver el incidente de nulidad formulado en autos, y, en su lugar, se decide que el juez deberá fallar el incidente propuesto, sin perjuicio del ejercicio de sus facultades privativas de acuerdo a lo previsto en el artículo 159 del citado texto codificador. Devuélvase. N°Civil-890-2025.
Fallo
se decide que el juez deberá fallar el incidente propuesto, sin perjuicio del ejercicio de sus facultades privativas de acuerdo a lo previsto en el artículo 159 del citado texto codificador. Devuélvase. N°Civil-890-2025.
Texto Completo (Preview)
GMM/cqf C.A. de Concepción Concepción, siete de mayo de dos mil veinticinco. VISTO: Teniendo únicamente presente que de los artículos 89 a 91 del Código de Procedimiento Civil, se desprende que el tribunal cuenta con plazos acotados para la resolución de los incidentes, a lo que se suma que acorde al artículo 64 del mismo código, los plazos son de carácter fatal, SE REVOCA, sin costas, la resoluc
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