GÓMEZ/VITAPASS
Rol
Fecha
7 de mayo de 2025
Materia
REAJUSTES E INTERESES
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: De la sentencia anulada se reproduce su parte expositiva, considerativa y las citas legales, con excepción de los
Fundamentos
considerandos 26, 27 y 28 y el primer párrafo del 29. Y se tiene además presente: Que las consideraciones expuestas en el fundamento Quinto de la sentencia de nulidad que antecede, las que se tienen por reproducidas para los efectos de la presente sentencia de reemplazo, justifican el rechazo de la demanda en la parte que pretende se declare la nulidad del despido y la condena de las demandadas al pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social devengadas desde este hecho y hasta la convalidación del mismo.
Fallo
fallo de reemplazo: Vistos: De la sentencia anulada se reproduce su parte expositiva, considerativa y las citas legales, con excepción de los considerandos 26, 27 y 28 y el primer párrafo del 29. Y se tiene además presente: Que las consideraciones expuestas en el fundamento Quinto de la sentencia de nulidad que antecede, las que se tienen por reproducidas para los efectos de la presente sentencia de reemplazo, justifican el rechazo de la demanda en la parte que pretende se declare la nulidad del despido y la condena de las demandadas al pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social devengadas desde este hecho y hasta la convalidación del mismo. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, manteniéndose las decisiones signadas II, III y IV y la primera parte de la signada I de la sentencia anulada, se rechaza la demanda de cobro de cotizaciones y de nulidad del despido. Regístrese y comuníquese. Redacción del ministro señor Balmaceda. No firma la ministra (s) señora Villegas, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por ausencia. Laboral-Cobranza Nº 3622-2023.
Texto Completo (Preview)
Santiago, siete de mayo de dos mil veinticinco. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 482 del Código del Trabajo se dicta el siguiente fallo de reemplazo: Vistos: De la sentencia anulada se reproduce su parte expositiva, considerativa y las citas legales, con excepción de los considerandos 26, 27 y 28 y el primer párrafo del 29. Y se tiene además presente: Que las consideraciones expuest
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