1ER JUZGADO POLICIA LOCAL DE CONCEPCION (LETRADO)

PATRICIO ENRIQUE SILVA VARGAS CON PUMA CHILE SPA

Rol

Fecha

7 de mayo de 2025

Materia

INFRACCIÓN LEY SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Resultado

DIRIMIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que aparece que la cuestión propuesta por el querellante infraccional y actor civil deriva de la falta de restitución del precio pagado por la compra de diversos productos -efectuada a través de un portal digital de compras-, cuya devolución fue recién autorizada con data 3 de septiembre de 2024, fecha en que se encontraba de turno el Tercer Juzgado de Policía Local de Concepción, siendo este un factor objetivo que permite racionalizar la distribución de causas entre los tres juzgados de policía local de esta ciudad, y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 191 del Código Orgánico de Tribunales, se declara: Que el tribunal competente para seguir conociendo de la querella y demanda deducidas en la presente causa, es el Tercer Juzgado de Policía Local de Concepción, a quien deberán remitírsele los antecedentes correspondientes. Comuníquese lo resuelto al Primer Juzgado de Policía Local de Concepción. Regístrese y devuélvanse. Redacción del abogado integrante señor Francisco Santibáñez Yáñez. N° Policia Local-167-2025.

Fallo

se declara: Que el tribunal competente para seguir conociendo de la querella y demanda deducidas en la presente causa, es el Tercer Juzgado de Policía Local de Concepción, a quien deberán remitírsele los antecedentes correspondientes. Comuníquese lo resuelto al Primer Juzgado de Policía Local de Concepción. Regístrese y devuélvanse. Redacción del abogado integrante señor Francisco Santibáñez Yáñez. N° Policia Local-167-2025.

Texto Completo (Preview)

Concepción, siete de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que aparece que la cuestión propuesta por el querellante infraccional y actor civil deriva de la falta de restitución del precio pagado por la compra de diversos productos -efectuada a través de un portal digital de compras-, cuya devolución fue recién autorizada con data 3

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