AGUILERA GALLARDO VÍCTOR HUGO / COMISION LIBERTAD CONDICIONAL DE VALPARAISO
Rol
Fecha
7 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, DALET RAMIREZ TENORIO, Abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación de don VICTOR HUGO AGUILERA GALLARDO, quién actualmente cumple condena privativa de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, deduce acción de amparo en su favor y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Ord. N°257-2025 de 9 de abril de 2025 que rechaza su postulación al beneficio, lo que estima vulneraría su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Explica que, el amparado, cumple condena por los delitos robo con violencia; robo con violencia e intimidación; violación de mayor de 14 años, a las penas de 15 años y 1 día; 541 días , con fecha de inicio el 10 de julio de 2016, fecha de término el 1 de enero de 2033, y con tiempo mínimo para acceder a la libertad condicional el 10 de julio de 2024, su conducta ha sido calificada como “ muy buena “ los 6 bimestres anteriores a su postulación. Sostiene que cumple con todos los requisitos objetivos y subjetivos de para obtener la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su postulación. Concluye solicitando que se le conceda el referido beneficio al amparado. A folio 4, evacúa informe el Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valparaíso, remitiendo los antecedentes de postulación del amparado. A folio 5, informa la Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que los
Fundamentos
motivos por los cuales el beneficio fue desestimado constan en la resolución que se impugna por esta vía y cuya copia acompaña. A folio 6, se ordena traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por esta vía extraordinaria se cuestiona la legalidad de la resolución por medio de la cual la recurrida no concedió el beneficio de la libertad condicional al amparado, por las razones que en ella se indican. Segundo: Que, la recurrida se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio de libertad condicional, conforme con lo previsto por el artículo 5° del Decreto Ley N°321, cuya redacción actual fue introducida por la Ley N°21.627, publicada en el Diario Oficial el 9 de noviembre de 2023. Tercero: Que, la decisión de la Comisión se funda en que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Ley N°321, revisados los antecedentes remitidos por Gendarmería de Chile respecto al amparado, éstos dan cuenta del incumplimiento del tiempo mínimo previsto en el artículo 3° del Decreto Ley N°321, para postular al beneficio de libertad condicional. Cuarto: Que, es importante dejar asentado que al dictar la resolución impugnada, la Comisión expuso claramente las razones para fundamentar su negativa, así como cuál fue la normativa infringida, debiendo recalcarse en este punto que el cumplimiento de los requisitos y los plazos legales debe ser al momento de efectuarse la postulación, que por lo que no existen antecedentes que den cuenta que la recurrida haya actuado de forma ilegal, vulnerando la garantía constitucional del artículo 19 N°7 letra b), motivo por el cual la presente accióń será rechazada.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, la acción de amparo deducida en favor VICTOR HUGO AGUILERA GALLARDO en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-1325-2025.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, siete de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, DALET RAMIREZ TENORIO, Abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación de don VICTOR HUGO AGUILERA GALLARDO, quién actualmente cumple condena privativa de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, deduce acción de amparo en su favor y en contra de la Comisión de Libertad Condicion
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