SIN INFORMACION

BOGADO/THAYER

Rol

Fecha

8 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece Eddy Margarita Bogado, de nacionalidad venezolana, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal consistente en la excesiva e injustificada demora en el pronunciamiento respecto de su solicitud de residencia temporal, lo que vulneraría las garantías constitucionales contempladas en el artículo 19 numerales 2 y 3 de la Constitución Política de la República. Alega que formuló su petición ante la autoridad administrativa el 13 de noviembre de 2023, sin embargo, el Servicio Nacional de Migraciones no ha dado respuesta a su solicitud. Cita los artículos 3, 4, 7, 14, 17 y 27 de Ley N°19.880, y precisa que, de acuerdo con esta última norma, el plazo para emitir una decisión final es de 6 meses. Denuncia como ilegal y arbitraria, en consecuencia, la omisión de la autoridad recurrida consistente la falta de resolución de su petición de residencia. Solicita se ordene a la parte recurrida que se pronuncie sobre su solicitud de residencia y se le otorguen sin más demora, o se adopten las providencias que se estimen más pertinentes. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción constitucional por estimar que ha perdido oportunidad y eficacia, al haberse pronunciado el Servicio respecto de la solicitud de la recurrente, rechazándola, mediante Resolución Exenta N° 24434740, de fecha 13 de septiembre de 2024, por no cumplir suficientemente con los requisitos que habilitan para obtener el beneficio impetrado, al no presentar documentación que cumpla con lo señalado en el artículo 74, de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería. Tercero: Que, como se sabe, el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derecho

Fundamentos

fundamentos y conforme a lo dispuesto, además, por los artículos 19 y 20 de la Carta Fundamental y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y

Fallo

Fallo del Recurso de Protección, de 1992, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Protección N°4262-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece Eddy Margarita Bogado, de nacionalidad venezolana, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal consistente en la excesiva e injustificada demora en el pronunciamiento respecto de su solicitud de residencia t

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