ATS MAQUINARIAS LIMITADA/SOCIEDAD CONSTRUCTORA POLONESA LIMITADA
Rol
Fecha
8 de julio de 2025
Materia
LIQUIDACIÓN FORZOSA - EMPRESA DEUDORA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme con la especialísima regulación del recurso de apelación en materia concursal, este procede únicamente en contra de aquellas resoluciones que la Ley 20.720 señale de forma expresa, no encontrándose la resolución apelada en ninguna de estas situaciones, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 20.720, y en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el liquidador concursal el trece de diciembre de dos mil veinticuatro (folio N° 1026), en contra de la resolución de once del mismo mes y año (folio N° 1025) Devuélvase. N°Civil-5342-2025.jzc
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 20.720, y en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el liquidador concursal el trece de diciembre de dos mil veinticuatro (folio N° 1026), en contra de la resolución de once del mismo mes y año (folio N° 1025) Devuélvase. N°Civil-5342-2025.jzc
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Que conforme con la especialísima regulación del recurso de apelación en materia concursal, este procede únicamente en contra de aquellas resoluciones que la Ley 20.720 señale de forma expresa, no encontrándose la resolución apelada en ninguna de estas situaciones, razón por la cual el presente recurso no
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