CRISTIAN ALEXIS RETAMAL VERA/11°JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
6 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Monserrat Cárcamo Escobar, abogada, defensora penal pública, interpone recurso de amparo en favor de Cristian Alexis Retamal Vera, acusado por el delito de violación en causa R.I.T N°4838 - 2022, R.U.C. N°2000198548-6, del Undécimo Juzgado de Garantía de Santiago, por la exclusión por impertinencia de un testigo de la defensa decretado en audiencia de preparación de juicio oral de 23 de abril pasado, lo que estima ilegal y vulneratorio del derecho fundamental del numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Indica que, en la referida audiencia de preparación de juicio oral, la defensa expuso sus argumentos y señaló que en el juicio oral solicitará la absolución por inexistencia del delito de violación, sobre la base de que la relación sexual con la víctima fue consentida. En este sentido, la defensa ofreció como prueba testimonial, entre otros, a don Cristopher Andrés Navarrete Cifuentes para que en el juicio oral declare “sobre todo lo que presenció, vio, escuchó e hizo en relación a los hechos materia de la acusación. Especialmente, declarará sobre su relación con la víctima y todo cuanto le conste sobre los hechos materia de la acusación”. Expone que la magistrada Verónica Vásquez excluyó al testigo ofrecido por la defensa, por estimar que éste era manifiestamente impertinente con los hechos materia de la acusación, atendido que el testigo no se iba a referir sobre los hechos de la acusación, sino que respecto de circunstancias anteriores e íntimas relacionadas con la víctima, lo que es vedado en causas relacionadas a violencia de género. Aduce la procedencia de esta acción cautelar toda vez que el actuar ilegal del tribunal pone en riesgo la libertad personal del acusado, atendido que impide la defensa técnica y lo expone legalmente a una pena privativa de libertad, siendo esta una resolución judicial respecto de la cual la ley no contempla un recurso ordinario a ejercer por la defensa.
Fundamentos
fundamentos que la llevaron a tomar dicha determinación. En efecto, de la resolución impugnada se desprende que la Juez a quo excluye al testigo por considerar que éste es impertinente, en los términos que autoriza el artículo 276 del Código Procesal Penal, considerando que no había sido ofrecido para el esclarecimiento de los hechos investigados, sino que para dar cuenta de hechos anteriores e íntimos de la víctima, distintos de aquellos referidos en la acusación, sustentando, además, su decisión en lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 21.675. Sexto: Que, acorde a lo expuesto, es evidente que la resolución impugnada ha sido dictada por un órgano competente, actuando dentro de la esfera de sus atribuciones y de conformidad a la legislación aplicable al caso concreto, razones por las que el arbitrio incoado no podrá prosperar, según se indicará más adelante. Séptimo: Que, a mayor abundamiento, no se observa que la resolución que por esta vía se revisa, afecte algunos de los derechos fundamentales resguardados en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, que amerita el uso de las facultades conservadoras por parte de esta Corte. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Cristian Alexis Retamal Vera, en contra del Undécimo Juzgado de Garantía de Santiago. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. N°593-2025 Amparo
Texto Completo (Preview)
San Miguel, seis de mayo de dos mil veinticinco. A los escritos de folios 10, 11 y 12: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Monserrat Cárcamo Escobar, abogada, defensora penal pública, interpone recurso de amparo en favor de Cristian Alexis Retamal Vera, acusado por el delito de violación en causa R.I.T N°4838 - 2022, R.U.C. N°2000198548-6, del Undécimo Juzgado de Gara
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