ALEJANDRA MARIA FIGUEROA CORNEJO C/ ALFONSO RODRIGO REYES MORALES
Rol
Fecha
6 de mayo de 2025
Materia
MALTRATO HABITUAL (VIF) ART. 14 LEY 20.066.
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, constando que el Juzgado de Letras y Garantía de Quintero, por resolución de fecha siete de abril de dos mil veinticinco, al tener por interpuesta la querella, aceptó la competencia para conocer los hechos que se denuncian, y que luego, en audiencia del veintiuno de abril del mes pasado, la Juez aceptó la declinatoria de competencia pedida, estimando que el Tribunal competente para conocer de la causa es el Juzgado de Garantía de Talagante, debiendo, por tanto, remitir los antecedentes al mismo para continuar con la tramitación de la causa, no existiendo, por ahora, contienda de competencia que resolver, devuélvanse estos antecedentes. Comuníquese al tribunal a quo. Devuélvase. N°Penal-1062-2025.
Fallo
por tanto, remitir los antecedentes al mismo para continuar con la tramitación de la causa, no existiendo, por ahora, contienda de competencia que resolver, devuélvanse estos antecedentes. Comuníquese al tribunal a quo. Devuélvase. N°Penal-1062-2025.
Texto Completo (Preview)
via C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de mayo de dos mil veinticinco. Proveyendo derechamente a folio N°1 "Ingreso recurso": Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, constando que el Juzgado de Letras y Garantía de Quintero, por resolución de fecha siete de abril de dos mil veinticinco, al tener por interpuesta la querella, aceptó la competencia para conocer los hechos que se denuncian,
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