RODRIGUEZ / INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMAS
Rol
Fecha
6 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Que el 10 de marzo de 2025, comparece don Pedro Eliseo Rodríguez Niño, por sí, interponiendo un recurso de protección en contra del Instituto Profesional Santo Tomás. Señala que es estudiante del convenio IP Los Lagos, cursado en la institución de Santo Tomás la carrera de ingeniería en administración de empresas. Añade que actualmente está en el octavo semestre, el cual comenzó en el año 2024 en Santo Tomás en continuidad por cierre de IP los lagos en el año 2023. Explica los
Fundamentos
motivos del cierre del IP Los Lagos, señalando que se le comunica que Santo Tomás le reconoce las materias brindadas y que tienen que continuar con el último semestre en mayo del 2024. Señala que se les informa que deben pagar el año completo, en circunstancias que sólo debe rendir un semestre y que aparte se debe matricular, a pesar de que ya había pagado medio año en IP Los Lagos. Explica que, aun así, decidió continuar, ya que era la única opción para terminar sus estudios lo antes posible. Indica que este proyecto educativo, que inicialmente parecía prometedor, se convirtió rápidamente en una pesadilla. Relata que la información proporcionada por Natalia Rivero, directora del convenio IP Los Lagos, y Carla Serrano, quien la reemplazó durante su postnatal, ha dejado mucho que desear. Puntualiza que los plazos para la finalización de los ramos y el inicio del proceso de titulación no se han cumplido y que hubo una pérdida de información durante el traspaso de un instituto, todo lo que ha afectado su proceso educativo. Precisa que hasta el momento no ha pagado nada, porque todo el proceso le ha parecido dudoso. Indica que durante una conferencia con estudiantes del convenio IP Los Lagos realizada en auditorio del instituto en O´Carrol 063, les indicaron que, si terminaban los ramos en octubre, se les ofrecería un descuento en las cuotas de noviembre, diciembre y enero. Sin embargo, refiere que cuando descubrió que le faltaban ramos de inglés, al igual que a muchos de sus compañeros, les ofrecieron dar RAP (exámenes de conocimiento recuperativos) y aseguraron que esto no afectaría el beneficio prometido, siendo materias que correspondían al título técnico del cual ya está titulado. Indica que, a pesar de esas promesas, Carla Serrano ahora le informa que debe matricularse en marzo de 2025, lo que entiende obedece a una falta de gestión adecuada y a la negligencia en el proceso de cierre de una institución de educación superior. Finaliza su recurso solicitando se fiscalicen los incumplimientos en este proceso, que se respete lo prometido, especialmente los descuentos en las cuotas correspondientes, y que se reconozca que este año no corresponde matricularse debido a una negligencia por parte de la institución. Además, se pide una compensación por la negligencia en el proceso. A folios 3, 4, 8 el recurrente acompaña documentos y a folio 20 se tiene presente presentación realizada por éste a folio 19. A folio 15, el 1 de abril de 2025, comparece informando la recurrida Instituto Profesional Santo Tomás que señala que no han existido actos ilegales o arbitrarios que vulneren las garantías fundamentales del recurrente, por lo que solicita el rechazo de la presente acción. Luego de referirse al convenio de colaboración entre Mineduc e Instituciones de Educación Superior para respaldar a estudiantes de IP y CFT Los Lagos, se refiere al caso del actor. Indica que éste cursaba la carrera de Ingeniería en Administración de Empresas en el Instituto Pr
Fallo
Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don Pedro Eliseo Rodríguez Niño en contra del Instituto Profesional Santo Tomás. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol Corte 349-2025 Protección.
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C.A. de Rancagua Rancagua, seis de mayo de dos mil veinticinco. Visto: Que el 10 de marzo de 2025, comparece don Pedro Eliseo Rodríguez Niño, por sí, interponiendo un recurso de protección en contra del Instituto Profesional Santo Tomás. Señala que es estudiante del convenio IP Los Lagos, cursado en la institución de Santo Tomás la carrera de ingeniería en administración de empresas. Añade que a
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