BENJAMÍN JULIO MAYORAL ASTORGA/CORPORACION MUNICIPAL DE QUILPUÉ Y OTRO
Rol
Fecha
6 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, que en el recurso en análisis no se señalan hechos, con carácter indubitados, que puedan constituir vulneración a garantías constitucionales, que justifiquen el ejercicio de esta vía cautelar excepcional, teniendo presente, además, que la revisión judicial solicitada excede el ámbito de esta acción cautelar y, visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Al otrosí: Por acompañados. Atendido el mérito de los antecedentes, corríjase la caratula. Cúmplase por la Unidad de Causas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-2163-2025.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Al otrosí: Por acompañados. Atendido el mérito de los antecedentes, corríjase la caratula. Cúmplase por la Unidad de Causas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-2163-2025.
Texto Completo (Preview)
rpo. C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de mayo de dos mil veinticinco. Proveyendo a folio N°1 “Ingreso Recurso”: A lo principal: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, que en el recurso en análisis no se señalan hechos, con carácter indubitados, que puedan constituir vulneración a garantías constitucionales, que justifiquen el ejercicio de esta vía cautelar excepcional, teniendo present
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