IRRAZABAL/LEMOINE
Rol
Fecha
6 de mayo de 2025
Materia
MONITORIO, COBRO RENTAS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor, cuyo no es el caso de autos toda vez que se recurre de aquella que rechaza practicar una nueva liquidación, por lo que se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de uno de abril del año en curso, dictada en la causa Rol C-5850-2023 del Segundo Juzgado Civil de San Miguel. Al escrito folio 3: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Devuélvase por interconexión y, hecho, archívese. Rol N°794-2025 Civil
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de uno de abril del año en curso, dictada en la causa Rol C-5850-2023 del Segundo Juzgado Civil de San Miguel. Al escrito folio 3: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Devuélvase por interconexión y, hecho, archívese. Rol N°794-2025 Civil
Texto Completo (Preview)
CH (adb) San Miguel, seis de mayo de dos mil veinticinco Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor, cuyo no es el caso de autos toda vez que se recurre de aquella que rechaza practicar una nueva liquidación, por lo que se dec
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