2º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

IRRAZABAL/LEMOINE

Rol

Fecha

6 de mayo de 2025

Materia

MONITORIO, COBRO RENTAS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor, cuyo no es el caso de autos toda vez que se recurre de aquella que rechaza practicar una nueva liquidación, por lo que se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de uno de abril del año en curso, dictada en la causa Rol C-5850-2023 del Segundo Juzgado Civil de San Miguel. Al escrito folio 3: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente.  Devuélvase por interconexión y, hecho, archívese.  Rol N°794-2025 Civil

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de uno de abril del año en curso, dictada en la causa Rol C-5850-2023 del Segundo Juzgado Civil de San Miguel. Al escrito folio 3: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente.  Devuélvase por interconexión y, hecho, archívese.  Rol N°794-2025 Civil

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CH (adb) San Miguel, seis de mayo de dos mil veinticinco Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor, cuyo no es el caso de autos toda vez que se recurre de aquella que rechaza practicar una nueva liquidación, por lo que se dec

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