1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

LOBOS CON I.MUNICIPALIDAD DE MAIPU

Rol

Fecha

6 de mayo de 2025

Materia

INDEMNIZACIÓN POR AÑOS DE SERVICIOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En estos autos RIT T-2900-2023, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulados “Lobos con I. Municipalidad de Maipú”, por sentencia de dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro se rechazó en todas sus partes la demanda principal de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido y cobro de prestaciones, así como la subsidiaria de despido injustificado, sin costas. En contra de este fallo, la demandante dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal la prevista en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con lo previsto en el artículo 459 N° 4 del mismo cuerpo legal. Declarado admisible el arbitrio, se escuchó a los abogados que, en su oportunidad, concurrieron a la vista de la causa.

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°.- Que, fundando la única causal de nulidad interpuesta, aduce la demandante que la sentencia en el basamento 19° señala que la prueba no analizada no incide en lo razonado; aserto que conlleva la ausencia de examen de la documental aportada al juicio, consistente en más de 30 correos electrónicos, conversaciones vía WhatsApp y audios contenidos en los mismos documentos, que permitían asentar que existió una prestación bajo vínculo de subordinación y dependencia. En efecto, la conversación vía WhatsApp que reproduce da cuenta que la actora tenía una jornada de trabajo y que cumplía actividades fuera de las dependencias de la municipalidad demandada. De las referidas conversaciones por esa vía y los 30 correos electrónicos acompañados, se desprende la subordinación y dependencia que mantenía con su jefa directa, a quien le solicita las instrucciones necesarias para desarrollar sus labores; situación que deja de ampararse en la supuesta actividad realizada en el marco de una relación civil bajo un contrato de prestación de servicios a honorarios. Igualmente, con las conversaciones de WhatsApp que cita se demostró la vulneración de derechos fundamentales al momento del despido, pues había sufrido un accidente laboral. Así, el análisis de la prueba rendida, silenciada por el tribunal, se evidencia que la jefa directa de la trabajadora le solicitaba “justificación”, indicándole días y horarios determinados de asistencia, demostrando con ello la prestación de servicios con sujeción a los artículos 7 y 8 del Código del Trabajo; empero, la sentencia concluyó lo contrario, sin justificar la razón por la cual se ejercía control por parte de la jefatura con un horario establecido. A ello se adiciona que los documentos incorporados refuerzan el sentido de control, supervisión y exigencias impuestas a la demandante en el desempeño de sus funciones, que demuestran cumplimiento de horario, acatamiento de instrucciones, y permanencia en los servicios, configurando subordinación y dependencia, lo que, unido al pago mensual por sus servicios, hacen colegir que la relación fue de carácter laboral. Igualmente -dice- se omitió el análisis de la prueba confesional. Finalmente, después de referirse a la jurisprudencia respecto de personas contratadas a honorarios por las municipalidades, solicita que se anule la sentencia y se dicte una de reemplazo que analice toda la prueba rendida y acoja la demanda en todas sus partes, con costas, agregando luego que la sentencia de reemplazo “altere la calificación jurídica de los hechos, calificando que la prestación de los servicios obedece a una relación laboral.” 2°.- Que existen dos razones fundamentales para desestimar el arbitrio en cuestión. La primera, apunta a lo pedido a través de este, en cuanto requiere que esta Corte acoja íntegramente la demanda. En efecto, no puede olvidarse que en autos se dedujo acción de tutela con ocasión del despido y, subsidiariamente, de despido injustificado, no obstant

Texto Completo (Preview)

Santiago, seis de mayo de dos mil veinticinco. VISTO: En estos autos RIT T-2900-2023, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulados “Lobos con I. Municipalidad de Maipú”, por sentencia de dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro se rechazó en todas sus partes la demanda principal de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido y

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