SIN INFORMACION

MANDUJANO BUSTAMANTE CESAR ANDRES/TERCER JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

6 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Gastón Ormeño Karzulovic, quien interpone acción constitucional de amparo a favor de César Andrés Mandujano Bustamante, en contra del Tercer Juzgado de Familia de Santiago, que mediante resolución de 25 de abril de 2025, dictada en causa RIT Z-1360-2023, ha decretado orden de arresto nocturno y arraigo en conta del amparado. Expone que la causa de cumplimiento no debió existir nunca, pues el propio tribunal, en resolución ejecutoriada de 30 de agosto de 2022 dictada en RIT C-7732-2018, y resolviendo escrito de fecha 10 del mismo mes y año, dispuso: “Habiendo transcurrido más de un año de la ejecutoriedad de la sentencia, atendido el mérito de lo dispuesto en el artículo 233 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, Solicítese como en derecho corresponda a través de una nueva causa C como demanda ejecutiva debiendo incorporar la materia como otros ordinarios.” Agrega que no pudo iniciarse de oficio una causa de cumplimiento, ya que si bien el artículo 13 de la Ley 19.968 ordena al tribunal a actuar de oficio, ello no le faculta a iniciar procedimientos de oficio en contra de ley expresa, como es la norma del artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, que establece el plazo para solicitar la ejecución incidental, y donde es precisamente el mismo tribunal quien niega esa posibilidad, de modo que no puede sustraerse del hecho que los plazos establecidos en la ley precluyen los derechos para continuar de oficio una causa fenecida. Afirma que la actuación efectuada por el Tercer Juzgado de Familia es ilegal y arbitraria, fundada en un proceso, seguido por quien no tiene facultades para actuar como lo ha hecho, subrogándose en las actuaciones obligatorias de las partes, como es solicitar el cumplimiento incidental de la sentencia. Por lo expuesto, y lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, pide se deje sin efecto la resolución recurrida. Segundo: Que,

Fallo

Por lo expuesto, y lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, pide se deje sin efecto la resolución recurrida. Segundo: Que, evacuando informe por el Tercer Juzgado de Familia de Santiago, comparece la Jueza Marta Astudillo Ovalle, quien señala que la causa RIT Z-1360-2023, caratulada “Mandujano con Astudillo”, en la que se decretaron los apremios objeto del recurso de amparo, corresponde a la causa de cumplimiento que proviene del proceso RIT C-7732-2018, caratulada “Mandujano con Astudillo”, en la cual con fecha 09 de enero de 2019 las partes acompañaron un avenimiento, cuya cláusula cuarta señala: “Don César Andrés Mandujano Bustamante durante la separación ha pagado mensualmente la suma de $740.000 pesos a favor de su cónyuge y por este avenimiento se obliga a seguir pagando durante cuatro años a doña Hayle Priscila Astudillo Peirano la suma de $740.000 pesos mensuales dentro de los diez primeros días de cada mes, reajustables conforme a la variación del IPC y que se acumula anualmente cantidad que deberá depositar o transferir en la cuenta de ahorro en el BancoEstado que abrirá la beneficiaria de estos efectos y que se pondrá en conocimiento del alimentante. Para los fines de su cumplimiento este pago se considerará alimento conforme a lo expuesto en el artículo 66 de la ley 19.947.” Agrega que, revisados los antecedentes, se advierte una liquidación del crédito de fecha 04 de abril de 2025, por la suma de $29.767.433.-, deuda

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de mayo de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Gastón Ormeño Karzulovic, quien interpone acción constitucional de amparo a favor de César Andrés Mandujano Bustamante, en contra del Tercer Juzgado de Familia de Santiago, que mediante resolución de 25 de abril de 2025, dictada en causa RIT Z-1360-2023, ha decretado orden

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica