MARDONES FUENTES/CARRASCO
Rol
Fecha
6 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que, se interpone por doña Claudia Mardones Fuentes, recurso de protección en contra del Conservador de Bienes Raíces de Coihueco, representado legalmente por don Héctor Andrés Carrasco Sanhueza, por las actuaciones ilegales y arbitrarias al dilatar en forma indebida, injustificada e infundada, las reinscripciones de dominio solicitadas el veinticinco de octubre y doce de diciembre de dos mil veintitrés, bajo las carátulas N°2221 y N°2598, según consta de la documentación que acompaña. 2° Que, con fecha veinticinco de abril del actual, informa el abogado Héctor Carrasco Sanhueza, Titular de la Octava Notaría de Chillán, con asiento en Coihueco y Conservador del mismo, indicando que las Carátulas N° 2221 y N°2598, correspondientes a la recurrente, se encuentran completamente tramitadas, indicando en su escrito los datos de las inscripciones respectivas. 3° Que, en virtud de lo expuesto precedentemente, se desprende que la solicitud de la recurrente, objeto del recurso, se encuentra resuelta, por lo que el presente arbitrio deberá ser desestimado. Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Claudia Mardones Fuentes, en contra del Conservador de Bienes Raíces de Coihueco, representado legalmente por don Héctor Andrés Carrasco Sanhueza, por haber perdido oportunidad. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Rol N° 19-2025 PROTECCIÓN.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Claudia Mardones Fuentes, en contra del Conservador de Bienes Raíces de Coihueco, representado legalmente por don Héctor Andrés Carrasco Sanhueza, por haber perdido oportunidad. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Rol N° 19-2025 PROTECCIÓN.
Texto Completo (Preview)
Chillán, seis de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que, se interpone por doña Claudia Mardones Fuentes, recurso de protección en contra del Conservador de Bienes Raíces de Coihueco, representado legalmente por don Héctor Andrés Carrasco Sanhueza, por las actuaciones ilegales y arbitrarias al dilatar en forma indebida, injustificada e infundada, las reinscripciones de domi
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