JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE FREIRINA

MP C/ RODRIGO AURELIO CORTES SIERRA

Rol

Fecha

6 de mayo de 2025

Materia

CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD ART. 196 E LEY 18.290

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°) Que la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna, regulada en el artículo 8° de la ley 18.216, establece la necesidad de acreditar el cumplimiento de sus requisitos objetivos, como asimismo, el denominado requisito subjetivo, regulado en su letra c) que dispone: “c) Si existieren antecedentes laborales, educacionales o de otra naturaleza similar que justificaren la pena, así como si los antecedentes personales del condenado, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito, permitieren presumir que la pena de reclusión parcial lo disuadirá de cometer nuevos ilícitos.” 2°) Que por consiguiente, es deber del solicitante acreditar cada uno de los presupuestos de procedencia de la pena sustitutiva, no obstante lo cual la defensa del encartado no proporcionó antecedente alguno que permitiera al tribunal ni a esta Corte pronunciarse a este respecto. 3°) Que tratándose de requisitos copulativos señalados por el legislador, solo corresponde confirmar el pronunciamiento de la magistratura a quo. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 8 y 37 de la Ley 18216 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA en lo apelado la sentencia de fecha diez de abril dos mil veinticinco, pronunciada por el Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Freirina, don Pablo Rodríguez Bustos, que no hizo lugar a la petición de la defensa de otorgar al sentenciado Rodrigo Aurelio Cortés Sierra, la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna domiciliaria y ordenó el cumplimiento efectivo de la condena. Regístrese y devuélvase. Rol N° Penal-294-2025

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 8 y 37 de la Ley 18216 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA en lo apelado la sentencia de fecha diez de abril dos mil veinticinco, pronunciada por el Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Freirina, don Pablo Rodríguez Bustos, que no hizo lugar a la petición de la defensa de otorgar al sentenciado Rodrigo Aurelio Cortés Sierra, la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna domiciliaria y ordenó el cumplimiento efectivo de la condena. Regístrese y devuélvase. Rol N° Penal-294-2025

Texto Completo (Preview)

Fecha: seis de mayo de dos mil veinticinco Sala: Primera Rol Corte: Penal-294-2025 Ruc N°: 2410016897-5 Rit N°: O-325-2024 Juzgado: Letras y Garantía de Freirina. C.A. de Copiapó Ministros: ministro señor Carlos Meneses Coloma, ministro señor Pablo Krumm De Almozara y ministra señora Aida Osses Herrera Relatora: Anita Maluenda Hernández Abogada Asesora M.P. : Paula Chávez Navarro Defensor Penal Pu

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