JUZGADO DE LETRAS DE CASTRO

BANCO DEL ESTADO E CHILE/MANSILLA

Rol

Fecha

5 de mayo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con la cuenta del Relator, el mérito de los antecedentes,

Fundamentos

considerando que es facultad del acreedor el señalamiento de bienes para la traba del embargo de acuerdo con lo previsto en el inciso penúltimo del artículo 443 y en el artículo 447 del Código de Procedimiento Civil y que, una vez verificado éste, será la parte ejecutada quien habrá de efectuar las alegaciones que estime pertinentes a sus derechos, se concluye que el Tribunal de primera instancia se ha excedido en sus facultades oficiosas.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de fecha diez de enero del año en curso, dictada por el Juzgado de Letras de Castro y, en su lugar, se tiene presente el bien inmueble señalado por el ejecutante para la traba del embargo. Devuélvase. Rol Civil N°81-2025.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: Con la cuenta del Relator, el mérito de los antecedentes, considerando que es facultad del acreedor el señalamiento de bienes para la traba del embargo de acuerdo con lo previsto en el inciso penúltimo del artículo 443 y en el artículo 447 del Código de Procedimiento Civil y que, una vez verificado éste, será la parte ejecutada quien hab

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica