LLAUTUREO/LLAITUREO
Rol
Fecha
5 de mayo de 2025
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de lo expuesto en audiencia, y teniendo en especial consideración que el artículo 349 del Código de Procedimiento Civil contempla de manera expresa, la forma en que pueden acompañarse al juicio los instrumentos que existan en poder de un tercero, no siendo entonces la vía idónea aquella intentada por el demandante a través de oficios; de conformidad a lo previsto en la norma citada y los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma en lo apelado, sin costas, la resolución en alzada de 19 de diciembre de 2023, dictada por el Juzgado de Letras de Quellón. No firma el Ministro don Patricio Rondini Fernández-Dávila, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse con feriado legal. Devuélvase. Rol Civil Nº 1457-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de lo expuesto en audiencia, y teniendo en especial consideración que el artículo 349 del Código de Procedimiento Civil contempla de manera expresa, la forma en que pueden acompañarse al juicio los instrumentos que existan en poder de un tercero, no siendo entonces la vía idónea aquella intentada por el demandante a tra
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