JUZGADO DE FAMILIA TALAGANTE

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

5 de mayo de 2025

Materia

OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, del que aparece que la demanda deducida en autos no resulta manifiestamente improcedente, teniendo presente además las facultades otorgadas al tribunal a quo en sede de admisibilidad de la demanda y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 54-1 y 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de veintiuno de febrero del año en curso, dictada en causa RIT P-140-2025, por el Juzgado de Familia de Talagante y, en su lugar, se declara que el tribunal a quo deberá dar tramitación a la demanda, por juez no inhabilitado, como en derecho corresponda. Devuélvase. Nº...

Fallo

se declara que el tribunal a quo deberá dar tramitación a la demanda, por juez no inhabilitado, como en derecho corresponda. Devuélvase. Nº...

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Al escrito de folio 6: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, del que aparece que la demanda deducida en autos no resulta manifiestamente improcedente, teniendo presente además las facultades otorgadas al tribunal a quo en sede de admisibilidad de la demanda y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 54-1 y 67 de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica