ANONIMIZADO
Rol
Fecha
5 de mayo de 2025
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, del que aparece que la demanda deducida en autos no resulta manifiestamente improcedente, teniendo presente además las facultades otorgadas al tribunal a quo en sede de admisibilidad de la demanda y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 54-1 y 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de veintiuno de febrero del año en curso, dictada en causa RIT P-140-2025, por el Juzgado de Familia de Talagante y, en su lugar, se declara que el tribunal a quo deberá dar tramitación a la demanda, por juez no inhabilitado, como en derecho corresponda. Devuélvase. Nº...
Fallo
se declara que el tribunal a quo deberá dar tramitación a la demanda, por juez no inhabilitado, como en derecho corresponda. Devuélvase. Nº...
Texto Completo (Preview)
San Miguel, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Al escrito de folio 6: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, del que aparece que la demanda deducida en autos no resulta manifiestamente improcedente, teniendo presente además las facultades otorgadas al tribunal a quo en sede de admisibilidad de la demanda y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 54-1 y 67 de
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