TESORERIA REGIONAL DE LOS LAGOS/HENRÍQUEZ
Rol
Fecha
5 de mayo de 2025
Materia
BIENES RAÍCES, REMATE ART. 185
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes, la cuenta dada por el relator y teniendo presente que en ambos procesos se ha deducido idéntica acción, y tanto el procedimiento, como la materia y las partes que figuran en ambos son análogas, encontrándose además en la misma etapa procesal por cuanto consta el emplazamiento del demandado en ambas, y
Fundamentos
considerando además que no existe un perjuicio para el ejecutado en la acumulación de los autos, por cuanto las alegaciones que pudiese haber esgrimido en una u otra causa, igual las podrá hacer valer en la acumulada; y visto lo dispuesto en el artículo 92, 94, 95 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, sin costas, la resolución en alzada del cinco de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras de Puerto Varas, escrita a folio 13 del cuaderno de incidente de acumulación de la carpeta electrónica. No firma el Ministro don Patricio Rondini Fernández-Dávila, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse con feriado legal. Devuélvase. Rol Civil N°46-2025.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: El mérito de los antecedentes, la cuenta dada por el relator y teniendo presente que en ambos procesos se ha deducido idéntica acción, y tanto el procedimiento, como la materia y las partes que figuran en ambos son análogas, encontrándose además en la misma etapa procesal por cuanto consta el emplazamiento del demandado en ambas, y consi
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