SIN INFORMACION

DONOSO/REYES

Rol

Fecha

5 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido que de los hechos denunciados se advierte que lo reclamado son las disposiciones adoptadas sobre la ejecución del plan de trabajo de intervención individual del alumno en cuyo favor se recurre por parte de un funcionario del establecimiento educacional al que asiste el adolescente, cuestión que corresponde supervisar a la Dirección del Instituto Marista de Rancagua, por ser su superior y considerando, además, que de haber un incumplimiento a la normativa educacional, dicho asunto corresponde ser ventilado ante la Superintendencia de Educación, como ente fiscalizador especializado en la materia, por todo lo cual se concluye que ésta no es la vía idónea para el conocimiento y resolución del asunto, por exceder a su naturaleza cautelar y extraordinaria. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto por Rodrigo Fernández Mercado y Claudia Donoso Muñoz en contra de Francisco Reyes Plaza. Acordado lo anterior con el voto en contra del Ministro Sr. González, quien estuvo por declarar admisible el recurso de protección incoado en razón de la garantía constitucional que se esgrime vulnerada. Regístrese y archívese. Rol Corte 683-2025 Protección.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto por Rodrigo Fernández Mercado y Claudia Donoso Muñoz en contra de Francisco Reyes Plaza. Acordado lo anterior con el voto en contra del Ministro Sr. González, quien estuvo por declarar admisible el recurso de protección incoado en razón de la garantía constitucional que se esgrime vulnerada. Regístrese y archívese. Rol Corte 683-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido que de los hechos denunciados se advierte que lo reclamado son las disposiciones adoptadas sobre la ejecución del plan de trabajo de intervención individual del alumno en cuyo favor se recurre por parte de un funcionario del establecimiento educacional al que asiste el adolescente, cuestión que corresponde supervisa

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