ANONIMIZADO
Rol
Fecha
5 de mayo de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene, además, presente: 1.- Que, si bien el recurrente alega que se consideró para determinar su capacidad económica los traspasos que realizó desde su cuenta corriente a la línea de crédito, la cual no constituye un ingreso para él, sino una deuda, lo cierto es, que lo que permitió establecer sus ingresos son los abonos que se efectuaron en su cuenta corriente, los que en promedio alcanzaron la suma de $2.000.000 mensuales, por lo que resulta correcto tener por acreditado que a lo menos recibe esos ingresos. 2.- Que, en tal contexto, la circunstancia que él utilice sus ingresos para pagar sus deudas no...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene, además, presente: 1.- Que, si bien el recurrente alega que se consideró para determinar su capacidad económica los traspasos que realizó desde su cuenta corriente a la línea de crédito, la cual no constituye un ingreso para él, sino una deuda, lo cierto es, que lo que permitió
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