SIN INFORMACION

ÁLVAREZ ÁLVAREZ KARLA FRANCISCA/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y OTRO

Rol

Fecha

5 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece Karla Francisca Álvarez Álvarez, 30 años, técnico en odontología, con domicilio en Valparaíso, quien interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, y denuncia como acto ilegal y arbitrario la Resolución Exenta N°R-01-S-11908-2025 de 29 de enero de 2025, notificada a su parte con la misma fecha, por correo electrónico, que rechazó el pago de las licencias médicas N°17104805, extendidas por 30 días a contar del 18 de enero de 2024. Refiere que trabaja en el Servicio de Salud Valparaíso San Antonio, que ella y su familia sufrieron un robo con intimidación en la vía pública, lo que les dejó varias secuelas sicológicas, como crisis de pánico y ansiedad. Estuvo en tratamiento con un siquiatra que finalmente no le dio un diagnóstico, luego con un neurólogo. Indica que le dieron licencia médica por trastorno y reacción grave al estrés, ya que sufría de dolencias que le impedían trabajar, por cuanto tenía un dolor punzante al lado izquierdo del ojo hacia atrás, le temblaban las manos, en algunas ocasiones perdía el conocimiento. Señala que le rechazaron la licencia N°17104805 del 18 de enero al 16 de febrero de 2024, esto es, 30 días, tanto por la Compin como por la Suseso, por la causal reposo no justificado, de lo cual se enteró recién en diciembre de 2024, cuando no recibió un bono del sector público. Inserta el fundamento de la resolución reclamada, cual es: “Que, esta Superintendencia estudió los antecedentes y con su mérito concluyó que el reposo prescrito por la licencia médica N° 17104805-2, no se encontraba justificado. Esta conclusión se basa en el reposo prescrito en la licencia médica reclamada no se encontraba justificado, por cuanto la parte reclamante no acompaña informe amplio y fundado de psiquiatra, condescripción del tratamiento prescrito, evolución clínica, alto grado de compromiso funcional, plan farmacológico y/o necesidad de cambio o ajuste de terapia que justifiquen la prórroga del r

Fundamentos

fundamentos consignado en ella, los que indican que no existían elementos clínicos que le permitieran a los especialistas de la Superintendencia de Seguridad Social, formarse convicción sobre la procedencia de extender el reposo por sobre los 129 días ya autorizados con la Contraloría Médica de la Compin. Luego se refiere a informe de profesional que revisó el caso del actor, y señaló: “Dr. Cristián Roblero. Ficha Médica (…) Fundamentos de la resolución: Paciente con reposo autorizado por 129 días por patologías psiquiátricas. Informe médico no protocolizado insuficiente, describe sintomatología sin antecedentes que permitan justificar reposo. No adjunta comprobantes de psicoterapia ni evaluación por psiquiatra. Adjunta exámenes en rangos normales. Reposo prolongado no justificado. No se acoge”. Señala que su decisión se encuentra técnico y médicamente justificada. Enseguida se refiere a las facultades de su parte en esta materia. Asegura que su parte no ha incurrido en ilegalidad ni arbitrariedad alguna, y que no ha vulnerado los derechos fundamentales del actor. Acompaña expediente administrativo. A folio 15 evacua informe la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaiso, quien solicita el rechazo del recurso, por las razones que expone. Refiere que la actora presenta licencias médicas por patología siquiátrica, entre septiembre de 2023 a febrero de 2024, con 129 dias autorizados por la misma patología. Luego se refiere al Reglamento Sobre Guías Clínicas Referenciales Relativas a los Exámenes, Informes y Antecedentes que deberán respaldar la Emisión de Licencias Médicas, que indica ciertos requisitos, en el caso de reposo prescrito por patología psiquiátrica superior a 60 días, entre otros, ser emitido por un médico siquiatra, contar con un informe de peritaje, referirse a la refractariedad o resistencia al tratamiento, evaluaciones periódicas, referirse al rol terapéutico del reposo, la asistencia a sicoterapia y derivaciones pertinentes, lo cual en este caso no sucedió. Acompaña antecedentes al recurso. A folio 16 se dictó el decreto autos en relación. Con lo relacionado y considerando. Primero: Que, por el presente recurso, la recurrente denuncia como ilegal y arbitraria la Resolución Exenta N°R-01-S-11908-2025 de 29 de enero de 2025, que desestimó la apelación presentada por la actora, contra el rechazo emitido por la Compin en el pago de una licencia médica N°17104805, extendida por 30 días a contar del 18 de enero y hasta el 16 de febrero de 2024. Se refiere a su diagnóstico e indica que fue atendida por el profesional competente, completando un tratamiento. Pide se ordene el pago de dichas licencias. Segundo: Que, las recurridas indicaron, en resumen, que el reposo prescrito por la referida licencia no estaba justificado, pues la actora tenía 129 días previos autorizados por la misma patología, y que no se habían acompañado antecedentes suficientes que justificaran el rol terapéutico del reposo, asistenc

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República; y artículos 1° y siguientes del Acta N 94-2015, de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se resuelve lo siguiente: i.-Se rechaza la excepción de inadmisibilidad de la acción, ii.- Se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido por Karla Francisca Álvarez Álvarez contra la Superintendencia de Seguridad Social, y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° R-01-S-11908-2025 de 29 de enero de 2025, y en su lugar se ordena a la recurrida que gestione la realización de un peritaje a la actora, y con su mérito, resolver nuevamente el recurso presentado por el recurrente contra el rechazo de la licencia médica N°17104805, extendida por 30 días, desde el 18 de enero de 2024. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección 732-2025. En Valparaíso, cinco de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece Karla Francisca Álvarez Álvarez, 30 años, técnico en odontología, con domicilio en Valparaíso, quien interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, y denuncia como acto ilegal y arbitrario la Resolución Exenta N°R-01-S-11908-2025 de 29 de enero de 2025, notificad

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