MP C/ RODRIGO ANDRES ZAMORANO MONTENEGRO
Rol
Fecha
5 de mayo de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en el mismo, por lo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad de la pena asignada al delito, carácter del mismo, bien jurídico protegido, cantidad y variedad de droga incautada y la circunstancia de haber actuado en grupo o pandilla, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veinticinco de abril en curso, dictada en los autos RIT 1687-2024, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Rodrigo Andrés Zamorano Montenegro. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°1461-2025 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 1461-2025 Penal Ruc: 2400738174-K RIT: 1687-2024 Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros señor Danilo Quezada Rojas, señora María Alejandra Rojas Contreras y señora Andrea Soler Merino Relator: Natalia Arancibia Sepúlveda Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Yélica Lusic Defensa: Pablo C
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