ANONIMIZADO
Rol
Fecha
5 de mayo de 2025
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de autos y, por no existir antecedentes suficientes para fundar la rebaja de pensión de alimentos solicitada, conforme lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca, en lo apelado, la resolución de cuatro de marzo del año en curso, dictada en causa RIT C- 4237-2024, por el Juzgado de Familia de Puente Alto, y se declara que se mantiene el régimen de alimentos vigente. Devuélvase. N°376-2025 Familia. Atendido el mérito de autos y, por no existir antecedentes suficientes para fundar la rebaja de pensión de alimentos solicitada, conforme lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca, en lo apelado, la resolución de...
Fallo
se declara que se mantiene el régimen de alimentos vigente. Devuélvase. N°376-2025 Familia. Atendido el mérito de autos y, por no existir antecedentes suficientes para fundar la rebaja de pensión de alimentos solicitada, conforme lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca, en lo apelado, la resolución de...
Texto Completo (Preview)
San Miguel, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de autos y, por no existir antecedentes suficientes para fundar la rebaja de pensión de alimentos solicitada, conforme lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca, en lo apelado, la resolución de cuatro de marzo del año en curso, dictada en causa RIT C- 4237-2024, por el Juzgado de Familia de Puente Alto, y
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