SIN INFORMACION

PRESMITTA CISTERNAS JULIO ELISEO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGION DE VALPARAISO

Rol

Fecha

5 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, Dalet Ramírez Tenorio, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduce acción de amparo en favor de Julio Eliseo Presmitta Cisternas en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Ord. N°539-2025 de 11 de abril de 2025, que omitió pronunciamiento respecto de su postulación al beneficio, lo que estima vulneraría su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Explica que, el amparado cumple condena privativa de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso de 10 años y 1 día y 600 días, por los delitos de robo con intimidación y porte ilegal de arma de fuego respectivamente. Indica que inició el cumplimiento de su condena el 6 de septiembre de 2019 y termina el 29 de abril de 2028. Aduce que, el actor cumple con todos los requisitos objetivos y subjetivos de para obtener la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su postulación. Concluye solicitando que se le conceda el referido beneficio al amparado. A folio 4, informa el Presidente de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, señalando que los

Fundamentos

motivos por los cuales el beneficio fue desestimado constan en la resolución que se impugna por esta vía y cuya copia acompaña. A folio 7, evacúa informe el Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valparaíso, remitiendo los antecedentes de postulación del amparado y el certificado de renuncia voluntaria al proceso de entrevistas y evaluaciones específicas para la elaboración de informe social de postulación a libertad condicional. A folio 8, se ordena traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por esta vía extraordinaria se cuestiona la legalidad de la resolución por medio de la cual la recurrida omitió pronunciamiento respecto al otorgamiento del beneficio de la libertad condicional al amparado. Segundo: Que, el actuar de la recurrida, al dictar la resolución impugnada, no resulta ilegal, toda vez que de los antecedentes proporcionados por la autoridad penitenciaria, se desprende que el amparado renunció voluntariamente al proceso de entrevistas y evaluaciones específicas para la elaboración del informe social de postulación a libertad condicional, trámite esencial para la postulación al beneficio pretendido.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, la acción de amparo deducida en favor de Julio Eliseo Presmitta Cisternas en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1228-2025.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, Dalet Ramírez Tenorio, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduce acción de amparo en favor de Julio Eliseo Presmitta Cisternas en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Ord. N°539-2025 de 11 de abril de 2025, que omitió p

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