C.A. de Concepción

ROMO/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIALREGIÓN METROPOLITANA

Rol

76030-2022

Fecha

22 de diciembre de 2022

Materia

Civil

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada y con excepción de su

Fundamentos

considerando sexto, que se elimina. Y se tiene en su lugar presente: Primero: Que, según se desprende de la lectura de la acción constitucional intentada en estos autos, se imputa como ilegal y arbitraria la omisión de la recurrida de pronunciarse sobre la reposición interpuesta por la actora en contra de la Resolución de 9 de diciembre de 2021 emitida por la misma institución. Segundo: Que, sobre el particular, consta en autos que la Superintendencia de Seguridad Social se pronunció sobre la reposición referida, por medio de la RESOLUCIÓN EXENTA N° R-01-ISESAT-101325-2022, de fecha 28 de julio del año en curso, acompañada a los autos junto con la apelación deducida por la recurrida, con fecha 26 de agosto de dos mil veintidós. Tercero: Que, en las circunstancias antes expuestas, esta Corte no se encuentra actualmente en condiciones de adoptar las providencias necesarias e indispensables para asegurar la debida protección del actor, en los términos que lo contempla el artículo 20 de la Constitución Política y, por consiguiente, no existiendo a la fecha de expedición de este

Fallo

fallo cautela urgente que adoptar, el presente recurso de protección no podrá prosperar por haber perdido oportunidad. De conformidad asimismo con lo que disponen el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre la materia, se revoca la sentencia de veintidós de agosto de dos mil veintidós que acogió la acción constitucional y, en su lugar, se declara que se rechaza el recurso de protección deducido en estos autos. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 76.030-2022.

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Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada y con excepción de su considerando sexto, que se elimina. Y se tiene en su lugar presente: Primero: Que, según se desprende de la lectura de la acción constitucional intentada en estos autos, se imputa como ilegal y arbitraria la omisión de la recurrida de pronunciarse sobre la reposición interpues

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