M.P. C/ FRANCISCO JAVIER SOTO GONZALEZ
Rol
Fecha
3 de mayo de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos y de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de dos de mayo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de San Antonio, que no decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Francisco Javier Soto González. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Letelier, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y decretar la prisión preventiva del imputado, por estimar que concurren los requisitos establecidos en el artículo 140 del Código Procesal Penal, y en cuanto a la letra c), que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la víctima. Dese orden de libertad en favor del imputado Francisco Javier Soto González., si no estuviere privado de ella, por otra causa o motivo. Notifíquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-1191-2025.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a tres de mayo de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 09:22 horas, ante la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra señora Inés María Letelier Ferrada e integrada por la Ministra señora María del Rosario Lavín Valdés y la Ministra señora María Cruz Fierro Reyes, para
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica