SIN INFORMACION

MONTERO GONZALEZ RICHARD ALONSO / 7° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

2 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que Nicolás Navia Velásquez, defensor penal privado, deduce recurso de amparo en favor de Richard Alfonso Montero González, imputado en causa RIT N° 7162-2018 seguida ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en contra de lo resuelto por el referido tribunal, con fecha tres de abril del año en curso, que decretó la prisión preventiva del amparado, a pesar de que, a su entender, la responsabilidad penal se encuentra extinta por prescripción. Explica que los hechos que sustentan la acción penal se produjeron los días 3 y 5 de julio de 2017, que la investigación se formalizó por el órgano persecutor el 23 de octubre de 2024 y que esta Corte de Apelaciones dispuso, en su oportunidad, la prisión preventiva del amparado por peligro de fuga. Añade que los ilícitos por los cuales fue formalizado, esto es, falsificación de instrumento público en concurso medial con estafa, se sitúan dentro de la categoría de simples delitos y, por tanto, sujetos a prescripción de la acción en el plazo de cinco años, de manera que a la época de la formalización, habían transcurrido los cinco años de prescripción que establece el Código Penal, contados desde la ocurrencia de los hechos. Finaliza solicitando que se declare que la acción penal seguida en contra de su representado se encuentra prescrita; y, consecuentemente, se disponga el sobreseimiento definitivo y total conforme al artículo 250 letra d) del Código Procesal Penal. SEGUNDO: Que evacúa informe el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago y explica que el proceso seguido contra el amparado se inició el 3 de mayo de 2018 por querella y que la Fiscalía solicitó la formalización de la investigación el 23 de agosto de 2023, la que no se pudo realizar por la imposibilidad de notificar al imputado, razón por la que se despachó orden de detención en su contra. Agrega que el 20 de marzo de 2024 se decretó el sobreseimiento temporal y el 23 de octubre de ese año el amparado fue puesto a disposic

Fundamentos

motivos anteriores, no cabe sino concluir que el recurso de amparo deducido en lo principal de la presentación de fojas 1, debe desestimarse.

Fallo

por tanto, sujetos a prescripción de la acción en el plazo de cinco años, de manera que a la época de la formalización, habían transcurrido los cinco años de prescripción que establece el Código Penal, contados desde la ocurrencia de los hechos. Finaliza solicitando que se declare que la acción penal seguida en contra de su representado se encuentra prescrita; y, consecuentemente, se disponga el sobreseimiento definitivo y total conforme al artículo 250 letra d) del Código Procesal Penal. SEGUNDO: Que evacúa informe el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago y explica que el proceso seguido contra el amparado se inició el 3 de mayo de 2018 por querella y que la Fiscalía solicitó la formalización de la investigación el 23 de agosto de 2023, la que no se pudo realizar por la imposibilidad de notificar al imputado, razón por la que se despachó orden de detención en su contra. Agrega que el 20 de marzo de 2024 se decretó el sobreseimiento temporal y el 23 de octubre de ese año el amparado fue puesto a disposición del tribunal, siendo formalizado por los delitos referidos y que, efectivamente, esta Corte al revocar la decisión del tribunal a quo decretó a su respecto la cautelar de prisión preventiva por estimar que existe peligro de fuga y, conforme dispone el artículo 146 del Código Procesal Penal, se autorizó el reemplazo de la referida medida cautelar por la de caución ascendente a la suma de $20.000.000. En virtud de esa resolución, se despachó nuevamente orden de detención

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de mayo de dos mil veinticinco. Al folio 17; téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que Nicolás Navia Velásquez, defensor penal privado, deduce recurso de amparo en favor de Richard Alfonso Montero González, imputado en causa RIT N° 7162-2018 seguida ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en contra de lo resuelto por el referido tribunal, c

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