MASAVAL S.A.G.R./CHACÓN
Rol
Fecha
2 de mayo de 2025
Materia
DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto, en forma subsidiaria, el nueve de abril del año en curso, contra la resolución de tres del mismo mes y concedido el once de abril de los corrientes. A los folios N°3 y N°4, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-6.220-2.025.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto, en forma subsidiaria, el nueve de abril del año en curso, contra la resolución de tres del mismo mes y concedido el once de abril de los corrientes. A los folios N°3 y N°4, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-6.220-2.025.
Texto Completo (Preview)
mbaa C.A. de Santiago Santiago, dos de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, n
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