JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP.C/ ROLANDO EUGENIO PARRA BARRA.

Rol

Fecha

2 de mayo de 2025

Materia

DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que, en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los cuales se ha formalizado la investigación. Además se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,

Fundamentos

considerando el carácter de los ilícitos, bienes jurídicos protegidos y, especialmente por tratarse de la misma víctima y la circunstancia de registrar antecedentes penales pretéritos por delitos de la misma especie, todo lo cual, torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Lo anterior sin perjuicio de la retractación de la madre del imputado y de circunstancia de tener hora en el Hospital Horwitz para determinar las facultades metales de aquél para el día 27/08/2025. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veinticuatro de abril de dos mil veinticinco, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que mantuvo la internación provisional de Rolando Eugenio Parra Barra. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Misseroni, quien fue del parecer de revocar la resolución en alzada y sustituir la internación provisional del imputado por la medida cautelar contenida en la letra b) del artículo 155 del Código antes citado, esto es, sujeción a la vigilancia del Cosam más cercano a su domicilio, atenido el tiempo que el imputado se encuentra privado de libertad. Devuélvase vía interconexión. N° 1422-2025-PENAL

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San Miguel, dos de mayo de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Rol Corte: 1422-2025-PENAL Ruc: 2400514445-7 Rit: 3399-2024 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Relator: María Carolina Picón Pertuiset Caratulado: MP.C/ ROLANDO EUGENIO PARRA BARRA Tipo de Recurso: Penal-cautelar personal. Escritos proveídos en audiencia: 2 San Miguel, dos de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y oídos los intervinien

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