SIN INFORMACION

YUDELKA PIERRE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

2 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, actuando en favor de Yudelka Pierre, de nacionalidad haitiana, cédula nacional de identidad Nº26.299.629-8, domiciliada en Gran Avenida José Miguel Carrera Nº12030, comuna de El Bosque, interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la actuación u omisión que califica de ilegal, consistente en la negativa de “poner a su disposición la posibilidad de solicitar una ampliación del certificado de residencia definitiva en trámite”, lo que estima amenaza la garantía reconocida en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Sostiene que solicitó el permiso de residencia el 23 de marzo de 2024, y que, dado el tiempo transcurrido, ha solicitado la ampliación del certificado de residencia definitiva en trámite, opción que no se encuentra disponible en la página web del Servicio recurrido. Pide que se le otorgue la posibilidad de obtener la ampliación mencionada, en un breve plazo. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informa que el 14 de noviembre de 2021, la recurrente presentó una solicitud de regularización de situación migratoria extraordinaria, en virtud de lo dispuesto en el artículo 8° transitorio de la Ley 21.325. En la misma fecha, mediante Resolución Exenta N°21210579, el Servicio Nacional de Migraciones acogió a trámite la solicitud y se le tuvo por desistida de todo trámite pendiente en materia migratoria, otorgándole, además, un permiso de trabajo mientras la postulación se encontrare en trámite. Luego, mediante Resolución Exenta N°23245998 de 27 de junio de 2023 la solicitud de regularización fue rechazada, por no presentar certificado de antecedentes penales de su país de origen, vigente y debidamente apostillado o legalizado por el Consulado correspondiente y Ministerio de Relaciones Exteriores, ordenando además el abandono del territorio nacional dentro de 30 días. Indica que el 13 de

Fallo

fallo de 10 de febrero de 2025, dejando sin efecto la Resolución Exenta N°23245998 de fecha 27 de junio de 2023, ordenando a la autoridad migratoria “continuar con la substanciación del mentado procedimiento incoado, otorgándole previamente un nuevo plazo, cuando menos, de noventa (90) días para los efectos de allegar la documentación requerida en su oportunidad.”. Así, en cumplimiento por lo ordenado, el 6 de marzo de 2025, el Servicio Nacional de Migraciones remitió a la extranjera amparada el Oficio Ordinario N°9000, solicitando que remitiera certificado de antecedentes original, debidamente legalizado o apostillado mediante correo certificado, otorgándole para ello un plazo de 90 días. Concluye que, al haberse dejado sin efecto la Resolución Exenta que rechazó la solicitud en comento – y así también la orden de abandono contenida en ella –, se encuentra en vigencia la Resolución Exenta N°21210579 de 14 de noviembre de 2021, que acoge a tramitación la solicitud extraordinaria de regularización y otorga autorización de trabajo por lo que dure la tramitación de la solicitud. Sostiene que no corresponde, en un procedimiento administrativo extraordinario como lo es la regularización del año 2021, que la autoridad migratoria emita un certificado de solicitud de residencia en trámite. Tercero: Que la Policía de Investigaciones de Chile, informa que revisado el Sistema de Gestión Policial (GEPOL) la parte recurrente no registra orden de expulsión vigente, así como tampoco, órde

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dos de mayo de dos mil veinticinco. Al folio 11: Estese al mérito de autos. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, actuando en favor de Yudelka Pierre, de nacionalidad haitiana, cédula nacional de identidad Nº26.299.629-8, domiciliada en Gran Avenida José Miguel Carrera Nº12030, comuna de El Bosque, interpone acción constitucional de amparo

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