SIN INFORMACION

RUPALLÁN/FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA)

Rol

Fecha

2 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Carlos Felipe Neftalí Rupallán Albarracín, representado por el abogado Marcelo Emilio Parodi García, e interpone recurso de protección en contra del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, del Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Dra. Eloísa Díaz Inzunza y del Fondo Nacional de Salud, por el acto arbitrario e ilegal en que habrían incurrido con motivo de la negativa a proporcionarle el fármaco Risdiplam, atendido su diagnóstico de atrofia muscular espinal (AME) Tipo 3 y que vulneraría los derechos que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en los Nos 1, 2 y 9 del artículo 19. Argumenta el recurrente que tiene 23 años de edad y padece de atrofia muscular espinal tipo 3, diagnóstico para el cual se prescribe el medicamento Risdiplam, con dosis de 150 mg. al mes, en razón de 5 mg. oral al día de forma permanente. Expone que careciendo de los medios para costear el medicamento aludido, acudió a los servicios públicos requiriendo el tratamiento farmacológico para salvar su vida, lo cual fue negado por el Fondo Nacional de Salud mediante comunicación de 13 de diciembre de 2024 por carecer de recursos financieros para ello y no encontrarse el fármaco aludido en los programas del Ministerio de Salud. Añade que lo mismo ocurrió en el Hospital recurrido, el cual le indicó además el 23 de diciembre de 2024 que el paciente no mantiene controles en dicho establecimiento, lo que no resulta efectivo ya que fue evaluado allí el 29 de octubre del mismo año. Finalmente, señala, el Servicio de Salud recurrido no ha dado respuesta al requerimiento del fármaco en cuestión. En relación a la garantía del N° 1 del artículo 19 menciona el recurrente que ésta se ve vulnerada al no otorgarse tratamiento a su enfermedad que consiste en una condición hereditaria degenerativa, causada por la destrucción de motoneuronas debido a una mutación génica, la cual deteriora su calidad de vida y, tras una dolorosa agoní

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido por Marcelo Emilio Parodi García, en favor de Carlos Felipe Neftalí Rupallán Albarracín. Acordada contra el voto de la abogada integrante señora Amigo, quien fue del parecer de acoger el recurso y, en consecuencia, ordenar que los recurridos otorguen al recurrente la cobertura, financiamiento y suministro del medicamento “risdiplam”, mientras el médico tratante así lo determine, con el objeto de que se inicie en el más breve tiempo el tratamiento indicado, en virtud de los siguientes argumentos: 1°.- Que de los antecedentes se desprende que el recurrente, don Carlos Felipe Neftalí Rupallán Albarracín, de 23 años de edad, es un paciente con diagnóstico de atrofia muscular espinal (AME) progresiva tipo 3, quien en los últimos 5 años inicia un deterioro motor que se ha acentuado rápidamente en el último año, en concordancia con la evolución de este tipo de AME que después de los 20 años provoca un deterioro más rápido. Se indica en el informe médico, emitido por el doctor Manuel Fruns Quintana, que el paciente ha ido perdiendo la movilidad de las extremidades inferiores y que a corto plazo perderá su capacidad de caminar, al tiempo que se deteriorará más aún la movilidad de sus manos, dificultando su actividad labo

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Carlos Felipe Neftalí Rupallán Albarracín, representado por el abogado Marcelo Emilio Parodi García, e interpone recurso de protección en contra del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, del Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Dra. Eloísa Díaz Inzunza y del Fondo Nacional

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica