FRANCOIS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
2 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de NICOLAS FRANCOIS, haitiano, en contra el Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución con fecha 12 de febrero de 2025 que da inicio al proceso sancionatorio de expulsión, vulnerando con ello sus garantías fundamentales, establecida en los numerales 1°, 2°, 3° y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Explica que la recurrente ingresó a Chile por un paso no habilitado, realizando la correspondiente autodenuncia al llegar a nuestro país. Agrega que ha generado vínculos y lazos afectivos en nuestro país, además de encontrar un trabajo estable. Señala que el objetivo de la recurrente es seguir desarrollándose de forma profesional, laboral y personal, aprovechando las oportunidades que este país le proporciona Pide que sustituir la medida de expulsión por el otorgamiento de una autorización de residencia o permanencia de vigencia restringida, a fin de que la recurrida pueda iniciar nuevamente el proceso de regularización. A folio 7, informa el Servicio Nacional de Migraciones, quien solicita el rechazo de la acción con expresa condena en costas, explica que la recurrente ha interpuesto un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 22 de noviembre de 2024, Rol 23305-2024, donde pide que se inicie en su contra el Procedimiento Sancionatorio de Expulsión, y ahora que se inició, reclama la legalidad del procedimiento. Agrega que, el recurrente, al haber ingresado al territorio nacional por un paso no habilitado, se encuentra en la circunstancia prevista en el artículo 127 N° 1, en relación al artículo 32 N°3 de la Ley 21.325, razón por la que se inicia el respectivo procedimiento sancionatorio, otorgándole al actor, conforme lo dispuesto en los artículos 132 y 132 bis de la Ley 21.325, un plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación efectuada personalmente del acta de inicio de pr
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el recurso de protección constituye una acción de naturaleza cautelar que tiene por objeto amparar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales y derechos establecidos en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, frente a actos u omisiones ilegales y arbitrarias que vulneren el ejercicio de estos, mediante la adopción de medidas destinadas a restablecer el imperio del derecho. Segundo: Que, mediante la presente acción constitucional, se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho, ante la eventual actuación arbitraria e ilegal por parte del Servicio Nacional de Migraciones, en el inicio del proceso sancionatorio de expulsión contra recurrente notificado el 12 de febrero de 2025. Tercero: Que, no es un hecho discutido en estos autos que el actor ingresó por paso no habilitado al país, encontrándose en la situación prevista en el artículo 127 N°1 en relación con el artículo 32 N°3 de la ley 21.325 y artículo 135 del reglamento de la Ley. Cuarto: Que, de lo señalado precedentemente es posible concluir que la actuación del Servicio recurrido se encuentra dentro del procedimiento establecido en la ley, debidamente tramitado, sin que a la fecha de haya dictado el respectivo acto terminal, de manera tal que no cabe calificar dicha actuación de ilegal o arbitraria, pues no se estima que se hayan vulnerados los derechos del recurrente, razón por la que se desestima el presente arbitrio.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción de protección deducida en favor de NICOLAS FRANCOIS, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1125-2025. En Valparaíso, dos de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de mayo de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de NICOLAS FRANCOIS, haitiano, en contra el Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución con fecha 12 de febrero de 2025 que da inicio al proceso sancionatorio de expulsión, vulnerando con ello sus garantí
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